De Pericias Navales

Fecha de recepción21 Octubre 2010
Año2010
Número de expedienteD-1018759
Autor de la iniciativa1. Dip. Clemente Ramón BARRIOS - A.N.R.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS = PROYECTO DE LEY DE PERICIAS NAVALES

Bicentenario de la Independencia Nacional: 1811 – 2011”





Congreso Nacional

Honorable Cámara de Diputados




Asunción, 20 de octubre de 2010.


Señor

Dip. Nac. VICTOR ALCIDES BOGADO, Presidente

Honorable Cámara de Diputados de la Nación

Presente



Tengo el honor de dirigirme al Señor Presidente, y por su intermedio a los demás miembros de esta Honorable Cámara con el objeto de presentar el Proyecto de Ley “DE PERICIAS NAVALES”.


En cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 203 de la Constitución Nacional, se adjunta la EXPOSICION DE MOTIVOS del presente Proyecto de Ley.


Sin otro particular, y en la confianza del otorgamiento del trámite correspondiente, aprovecho la oportunidad para saludarlo con mi mayor consideración.





CLEMENTE BARRIOS

Diputado Nacional




























EXPOSICION DE MOTIVOS


La industria naval, las operaciones portuarias y las actividades relacionadas con el tráfico marítimo manejan, en todos los idiomas del mundo, una terminología propia muy especial. Al mismo tiempo la abrumadora cantidad de normas legales, reglamentarias o técnicas, hacen sentirse como absolutamente extrañas a aquellas personas que no están específicamente inmersas en esta temática. El significado, el alcance y la trascendencia que tiene el control por expertos no es suficientemente conocido aún para numerosas personas ligadas al quehacer fluvial y marítimo. Por lo tanto no son mayormente de dominio público las funciones y tareas que cumplen los expertos y la estrecha relación que tiene su actividad con aspectos tales como seguridad, seguros, industria naval, contaminación ambiental, siniestros.


Hoy por hoy, en el ámbito fluvio – marítimo de nuestro país, dada la capacidad, idoneidad y probidad de los Oficiales Almirantes y Superiores de los Cuerpos: Combatiente y de Máquinas, Retirados de la Armada Paraguaya, así como de Capitanes de Cabotaje y Jefes de Máquina o Maquinistas Navales Superiores de la Marina Mercante con cursos pertinentes realizados y con la debida experiencia en el ámbito y de Ingenieros y Arquitectos Navales experimentados, con títulos debidamente registrados por el Rectorado de la Universidad Nacional de Asunción; los Peritos Navales de la República del Paraguay se encuentran también suficientemente capacitados para participar o conducir la construcción, remodelación y reparación de diversos tipos de embarcaciones que deban surcar las aguas jurisdiccionales paraguayas y de la Hidrovía Paraguay – Paraná.

Rol del Perito Naval en la actualidad: a) Todo el sistema de transporte de mercaderías esta rodeado de la actuación de Peritos Navales profesionales y empresas de peritajes. Su actividad es imprescindible tanto para aseguradores como para transportadores y el comercio de mercaderías seria imposible sin ellos. Pueden ser nombrados de común acuerdo, pero si no hay acuerdo cada parte contratará y designará sus peritos. Obviamente los Liquidadores de Averías no son peritos en todas las materias pero se trata de profesionales especializados en la liquidación de siniestros, que a su vez utilizan los servicios de otros técnicos en la determinación de las circunstancias y entidad del daño. Por lo tanto, la actividad de los Liquidadores de Avería y otros profesionales similares, se torna de un valor inestimable no sólo para las partes, sino como auxiliar de la justicia. b) La practica judicial en nuestro país nos muestra que los Peritos que realizan los peritajes e intervienen como asesores de parte pueden declarar ante las respectivas sedes judiciales y son imprescindibles para la interpretación e información de los siniestros, como lo admite la jurisprudencia. Son testigos especialmente calificados, en general versados y con solvencia moral, que pueden ayudar al Tribunal en su decisión. También es importante destacar que hay antecedentes de decisiones judiciales aisladas de no aceptar la declaración de peritos, estableciendo como motivo que se trataba de expertos y no de prueba testimonial, que conocen los hechos a posteriori y cuyas declaraciones pueden ser sustituidas por prueba pericial. c) Hoy día la actividad del Perito Naval continúa colaborando en forma importante con el resto de los esfuerzos de fiscalizar, dar certidumbre y seguridad a los procesos que hacen a la navegación y el transporte fluvio - marítimo, cumpliendo el rol tradicional de la actividad náutica, investigando la naturaleza, causa y extensión del accidente, efectuando las tareas tratando de satisfacer las necesidades del cliente, pues cuanto más rápido se haga la descodificación para la entrega y más amigable sea la comprensión para el usuario, va redundar en una mayor satisfacción; los avances tecnológicos, junto con tantos otros, imponen al desempeño de la tarea una inmediatez que la altera, la transforma y hace caer algunos paradigmas. El perito hace de interfaz entre una actividad altamente tecnificada y codificada y el mercado que necesita de sus servicios. Esa interfaz se caracteriza no solo por el vínculo que efectúa entre esos mundos, sino además por hacer una descodificación de la información para que pueda ser comprendida por los usuarios que la necesitan para el desempeño de su actividad. d) El Perito Naval actualmente se encuentra cumpliendo funciones ampliadas, dictaminando sobre infraestructuras portuarias, edilicias, contra incendios, de protección y seguridad de buques e instalaciones portuarias, sobre el medio ambiente fluvio – marítimo, etc.


Antecedentes locales de la actividad: En Paraguay coexisten tres registros de Peritos Navales, uno es el de Peritos Navales Judiciales, que depende de la Corte Suprema de Justicia, otro es el Registro de Peritos Navales de la Prefectura General Naval, el cual esta definido de acuerdo a áreas de especialización específicamente enfocadas a la actividad fluvial y marítima y otro es el Registro de Peritos Navales de la Dirección General de la Marina Mercante. La justificación de estos Registros y la misma existencia de los Peritos Navales se da por los avances técnicos de la construcción de embarcaciones, los elementos de la navegación, de las comunicaciones, de los equipamientos y sistemas de cargas de los buques y la evolución de la infraestructura portuaria, así como las mayores exigencias internacionales en temas ambientales, titulación y formación de la gente de mar, seguridad en la navegación, etc. Esta actividad es realizada predominantemente por marinos, que luego de cumplir un ciclo navegando, por su experiencia y conocimiento encuentran una nueva área de desempeño que les es afín. En la legislación paraguaya, las exigencias para acceder al título de Perito Naval quedan sujetas a que el peticionante pueda demostrar que ha realizado la carrera como Marino Mercante o Marino de Guerra y que haya cumplido determinadas funciones a bordo de los buques con determinada cantidad de años de servicio, o que el buque en el cual se haya desempeñado haya tenido determinado desplazamiento bruto. En algunos casos se reconocen títulos otorgados por la Universidad de la República como el de Ingeniero Naval o Arquitecto Naval como hábiles para acceder al título de Perito. Los antecedentes de titulación que registra la actividad son la homologación de títulos de otras áreas de desempeño. No hay centros de formación a nivel nacional, ni a nivel latinoamericano, que permitan definir una actividad curricular específica para el desarrollo de la actividad como la de Perito Naval. El trabajo pericial se aprende durante el desempeño como marino, acompañando a otros peritos cuando suben a bordo a inspeccionar el buque y sus cargas, o en el recambio generacional, cuando los mayores les enseñan la profesión a lo más nuevos. Si bien hay amplia bibliografía que permite el estudio y el desarrollo de la actividad, el área de formación es muy similar a una profesión del medioevo, donde el conocimiento se pasaba del Maestro al Aprendiz en forma oral. Hasta el momento actual la actividad se ha desarrollado a un nivel donde las prácticas se encontraban bien definidas y los requerimientos de los Peritos Navales eran claramente comprendidos. Sin embargo los avances tecnológicos han impuesto nuevos desafíos no solo al desarrollo de la actividad pericial, sino además a toda la comunidad marítima. Los Peritos Navales pertenecientes a la Asociación Paraguaya de Peritos Navales (APAPEN)se encuentran en condiciones de: a) Participar en el cumplimiento de las gestiones de seguridad operacional de los buques de la Marina Mercante Nacional, a través de acciones conjuntas con la Armada Paraguaya; basados en las normas exigibles para las embarcaciones de bandera paraguaya, en función al CONVENIO “SOLAS 74 ENMENDADO” y los Códigos conexos, que constituyen parte de nuestra Legislación Positiva y son por tanto de cumplimiento obligatorio para la actividad naviera paraguaya, conforme al compromiso contraído por el Estado y del cual la Prefectura General Naval es la Autoridad Fluvio-Marítima de aplicación designada. Cabe mencionar que la República Argentina, a través del Decreto Nº 111/06 incorpora al “REGINAVE” y hace de cumplimiento obligatorio la Gestión de Seguridad Operacional del Buque y la Prevención de la Contaminación en sus Aguas Jurisdiccionales, para...

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