Proyecto de Ley: por el Cual Se Desafecta a la Compañía Paraguaya de Comunicaciones Sociedad Anónima, de las Disposiciones de la Ley Nº 2.051/03, Presentado por el Senador Fernando Silva Facetti. (el Proyecto Propone la Desafectación de la Copaco del Ámbito de Aplicación de la Ley Nº 2.051/03, de Contrataciones Públicas).

Número de expedienteS-095186
Fecha de recepción19 Marzo 2009
Año2009
Autor de la iniciativa1. Sen. Fernando Alberto SILVA FACETTI - P.L.R.A (INACTIVO)
Bicentenario de la Independencia Nacional 1811 - 2011

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Congreso Nacional

Honorable Cámara de Senadores


Asunción 17 de marzo de 2009




Nota F. S. F. Nro. 24/2009


Señor Presidente


Tengo el agrado de dirigirme a Vuestra Honorabilidad, y por su intermedio a los demás miembros de esta Honorable Cámara de Senadores, a fin de presentar un proyecto de LEY “POR LA CUAL SE DESAFECTA A LA COMPAÑÍA PARAGUAYA DE TELECOMUNICACIONES SOCIEDAD ANONIMA, DE LAS DISPOSICIONES DE LA LEY Nro. 2051 en base a las consideraciones que seguidamente paso a relatar.



La Compañía Paraguaya de Comunicaciones S.A., fue creada el 15 de noviembre de 2001 y comenzó a operar el 3 de noviembre del mismo año; la misma surge de la transformación producida de la Administración Nacional de Telecomunicaciones – ANTELCO, por los efectos dispuestos en la Ley Nº 1615/00 de “Reorganización de Entidades Públicas Descentralizadas y de Reforma y Modernización de Organismos de la Administración Central”. Nace con el objetivo principal de prestar servicio público de telecomunicaciones dentro del territorio nacional y en el exterior, así como los servicios de difusión y de valor agregado.


Dada la transformación de la empresa, en una Compañía sujeta a las disposiciones del derecho privado, con el alcance y limitaciones que ello implica, y al encontrarse la COPACO S.A. dentro del ámbito de aplicación de la Ley Nº 2051/03 “De Contrataciones Públicas”, por ser una empresa en que el capital mayoritario es del Estado, se inició un proceso de definición de planes, estrategias y políticas en las que basará sus operaciones a fin de posibilitar la provisión de servicios con mayor eficacia y eficiencia a través de una adecuada administración de los recursos y la óptima gestión de los riesgos del negocio, que resultan cada vez más complejos, dado los escenarios que se plantean en el entorno y dentro de la misma Compañía.







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Dentro de este proceso de definición de estrategias, que buscan la optimización de la gestión empresarial de la Compañía, la COPACO S.A. ha encontrado que la aplicación de la Ley Nº 2051/03 en su sistema de contrataciones, distrae lesivamente las inversiones de la Compañía en protestas que ocasionan pérdidas económicas, así como el retraso desmedido en el crecimiento y desarrollo de la COPACO S.A. frente a las demás operadoras privadas.


La COPACO S.A. se encuentra atada a un proceso burocrático de tener que llamar a licitación pública para cada adquisición que desee realizar, lo que antes que cumplir con los principios de economía, eficiencia, igualdad, libre competencia, transparencia, publicidad, simplificación, Modernización Administrativa y Desconcentración de Funciones, expresados y perseguidos por la...

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