Proyecto de Ley “que Modifica el Artículo 30 de la Ley N° 879/1981 ‘código de Organización Judicial’ y su Modificatoria – Ley N° 2.248/03”, Presentado por el Senador Eusebio Ramón Ayala Giménez, de Fecha 16 de Diciembre de 2021

Número de expedienteS-2110650
Fecha de recepción16 Diciembre 2021
Autor de la iniciativa1. Sen. Eusebio Ramón AYALA GIMÉNEZ - P.L.R.A





Congreso Nacional

Honorable Cámara de Senadores


Misión: “Legislar y controlar en representación

del pueblo, mediante una gestión eficiente, eficaz y transparente”


Misión: “Un Poder Legislativo con compromiso ético y social,

Orientado a brindar un servicio de excelencia”



LEY N°....


QUE MODIFICA “QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 30 DE LA LEY N° 879/1981CÓDIGO DE ORGANIZACIÓN JUDICIAL” Y SU MODIFICATORIA - Ley N° 2.248/03.



EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:



Artículo 1°.- Modificase el Artículo 30 de la Ley N° 879 del 2 de diciembre de 1981 “CÓDIGO DE ORGANIZACIÓN JUDICIAL Y SU MODIFICATORIA ‒ Ley N° 2.248/03 “QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 30 DE LA LEY N° 879 DEL 2 DE DICIEMBRE DE 1981 “CÓDIGO DE ORGANIZACIÓN JUDICIAL: que queda redactado de la siguiente forma:


Art.30.- El Tribunal de Cuentas se compone de dos Salas, integradas con tres miembros cada una, denominadas en adelante Primera y Segunda Sala. Compete a ambas salas entender, exclusivamente, en los juicios contencioso - administrativos, en las condiciones establecidas por la Ley, de la materia”.


Competencia contencioso-administrativa municipal.

Los Tribunales Electorales de la República de cada circunscripción judicial tendrán competencia para actuar en materia contencioso-administrativa de carácter municipal de los municipios de su circunscripción judicial.


Artículo 2°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.


Eusebio Ramón Ayala

Senador de la Nación


Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR