Proyecto de Resoluciion: que Modifica y Amplia los Articulos 136 y 163 del Reglamento de la Honorable Camara de Diputados de la Nacion
Número de expediente | D-1429920 |
Año | 2014 |
Fecha de recepción | 07 Mayo 2014 |
Autor de la iniciativa | 1. Dip. Víctor Oscar GONZÁLEZ DRAKEFORD - P.L.R.A 2. Dip. Olimpio ROJAS VILLALBA - P.L.R.A |
Congreso Nacional
Honorable Cámara de Diputados
Asunción, 30 de abril de 2014
Señor
Dip. Nac. Juan Bartolomé Ramírez
Presidente de la Honorable Cámara de Diputados
Palacio Legislativo
Tengo el honor de dirigirme a Usted, y por su intermedio a los Honorables Colegas, a los efectos de presentar el Proyecto de Resolución "QUE MODIFICA Y AMPLIA LOS ARTÍCULOS 136 Y 163 DEL REGLAMENTO DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN", para su tratamiento por la Honorable Cámara. Se adjunta la exposición de motivos y el texto del proyecto.
En la confianza de su acompañamiento por la plenaria, le saludo atentamente.
Exposición de Motivos
El presente proyecto surge de la necesidad de responder desde el ámbito legislativo de forma íntegra y articulada a la población migrante paraguaya y a la población de inmigrantes en Paraguay, desde la perspectiva no solo de la problemática que conlleva la inmigración, emigración y el retorno, sino también desde el enfoque de migración como elemento de desarrollo, como así también profundizar en las relaciones bilaterales en protección a las mismas.
Los ciudadanos paraguayos residentes en el extranjero representan a más del veinte por ciento de nuestra población total y son partícipes activos del desarrollo económico, cultural y cívico de nuestro país.
El exilio político en un principio y el exilio económico luego, han expulsado del territorio nacional a un gran número de jóvenes, madres y padres en busca de un lugar mejor para ellos y sus familias, acarreando un sinfín de situaciones en el proceso de desarraigo e integración a su nuevo ámbito social.
La migración hacia los países vecinos de Argentina y Brasil en la década de los 60, 70 y 80, luego a Norteamérica y más recientemente hacia Europa, ha significado por un lado un importante soporte económico para las familias paraguayas, pero también ha significado el desmembramiento de la misma, con efectos sociales que aún no se pueden dimensionar en su totalidad.
Es un deber del Estado Paraguayo poder canalizar positivamente los aportes provenientes del compatriota migrante, como así también atender las más diversas situaciones y circunstancias que se presentan a la hora de migrar, residir en el extranjero y regresar a su tierra natal.
La Comisión Asesora de "Asuntos Migratorios y Desarrollo", será un ámbito de análisis, debate y soporte a las diferentes iniciativas que conciernen a la cuestión migratoria en su amplio concepto, desde la perspectiva legislativa y con estrecho relacionamiento con las Instituciones del Poder Ejecutivo que cuentan con atribuciones para el efecto.
Queda pues, expuesto y sujeto al análisis y decisión de los honorables colegas.
Olimpio Rojas V. Oscar González Drakeford
Diputado Nacional Diputado Nacional
RESOLUCIÓN Nº....
"QUE MODIFICA Y AMPLIA LOS ARTÍCULOS 136 Y 163 DEL REGLAMENTO DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN"
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LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- Modificar y ampliar los Artículos 136 y 163 del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, cuyos textos quedan redactados de la siguiente manera:
"Art. 136.- Las Comisiones Permanentes de Asesoramiento serán integradas en la primera sesión ordinaria de la Cámara y son las siguientes:
-
De Asuntos Constitucionales.
-
De Asuntos Económicos y Financieros.
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De Legislación y Codificación.
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De Relaciones Exteriores.
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De Justicia, Trabajo y Previsión Social.
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De Derechos Humanos.
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De Educación, Cultura y Culto.
-
De Obras, Servicios Públicos y Comunicaciones.
-
De Prensa, Comunicación Social, Artes y Espectáculos.
-
De Agricultura y Ganadería.
-
De Defensa Nacional, Seguridad y Orden Interno.
-
De Industria, Comercio, Turismo y Cooperativismo.
-
De Salud Pública.
-
De Asuntos Municipales y Departamentales.
-
De Desarrollo Social, Población y Vivienda.
-
De Presupuesto.
-
De Cuentas y Control de Ejecución Presupuestaria.
-
De Peticiones, Poderes, Reglamento y Redacción.
19.- De Ciencia y Tecnología.
-
De Energía, Minas e Hidrocarburos.
-
De Ecología, Recursos Naturales y Medio Ambiente.
-
De Bienestar Rural.
-
De Equidad Social y Género.
-
De Deportes.
-
De Pueblos Indígenas.
-
De Entes Binacionales Hidroeléctricos.
-
De Asuntos Migratorios y Desarrollo.
Cada una de estas Comisiones estarán integradas por no menos de seis miembros ni más de nueve, con excepción de las Comisiones de Presupuesto y la de Asuntos Económicos y Financieros, que estarán integradas por hasta quince miembros.
Todos los Diputados tienen el derecho y la obligación de formar parte de una o más Comisiones."
"Art. 163 (Bis).- Es competencia de la Comisión de Asuntos Migratorios y Desarrollo, dictaminar sobre todo asunto o proyecto referente a la legislación, desarrollo y protección en materia de migración de personas."
Artículo 2°.- Autorizar a la Secretaría General a efectuar el reordenamiento de los artículos del reglamento.
Artículo 3°.- Comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.
Mo/Sistema de Información Legislativa
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