Proyecto de Resolución: que. Conforma y Reglamenta una Comision Especial de Investigacion de Posibles Ilicitos que.Se Cometan en el Ambito Aduanero, con Énfasis en las Instituciones que.Forman Parte

Año2011
Fecha de recepción24 Agosto 2011
Número de expedienteD-1121138
Autor de la iniciativa1. Dip. Clemente Ramón BARRIOS - A.N.R. 2. Dip. Jose Gilberto CHAMORRO - A.N.R. 3. Dip. Luis Roberto GNEITING - A.N.R. 4. Dip. Pedro GONZÁLEZ - P.L.R.A 5. Dip. Luis Carlos NEUMAN - P.L.R.A 6. Dip. Salustiano SALINAS - P.L.R.A


Bicentenario de la Independencia Nacional: 1811-2011”



Congreso Nacional

Cámara de Diputados


HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS

RESOLUCION

QUE. CONFORMA Y REGLAMENTA UNA COMISION ESPECIAL DE INVESTIGACION DE POSIBLES ILICITOS QUE SE COMETAN EN EL AMBITO ADUANERO, CON ÉNFASIS EN LAS INSTITUCIONES QUE FORMAN PARTE.


LA HONORABLE, CÁMARA DE .DIPUTADOS DE LA NACIÓN

Resuelve:




Artículo 1º.- Conformar una Comisión Especial que se abocara a la investigación y recolección de posibles ilícitos cometidos dentro del ámbito aduanero como en la Dirección Nacional de Aduanas, Administración Nacional de Navegación y Puertos, Ministerio Publico, Fiscalía de Marcas, Delitos Económicos, Propiedad Intelectual, etc. Ministerio de Industria y Comercio y otras instituciones cuya implicancia deba ser investigado en carácter de delitos aduaneros u conexos a la misma, conforme al Art. 186 y 195 de la Constitución Nacional y el Reglamento Interno de la Honorable Cámara de Diputados.

Artículo 2°.- De la Constitución. La. Comisión Especial para la investigación de los posibles ilícitos cometidos dentro del. ámbito aduanero, estará integrada por 20 diputados con. representación de todas las bancadas, pudiendo además adherirse al mismo quienes manifiesten su voluntad de hacerlo.

Artículo 3°.- Autoridades de la Comisión. En. lo referente a las Autoridades de la Comisión, su elección y duración en el cargo se regirá por lo que establece el Reglamento Interno de la Honorable Cámara de Diputados.


Artículo 4º.- Días de Sesión y Quórum: La Comisión fijará días y horas de sesión ordinaria cada quince días y lo comunicará a la Presidencia de la Cámara para conocimiento de todos los diputados. En forma Extraordinaria la Comisión se reunirá todas las veces que sea necesario a convocatoria de su presidente. La Comisión podrá sesionar con quórum legal, con la mitad más uno de los diputados que la íntegra. Todo diputado, aún cuando no forme parte de de esta Comisión, podrá participar con voz, pero sin voto, en las reuniones de la misma

Artículo 5º.- Funciones. Son deberes o funciones de la Comisión la investigación de ilícitos cometidos en la Dirección Nacional de Aduanas y en otras instituciones, Las siguientes:





A Trabajar y coadyuvar con la Dirección Nacional de Aduanas, Administración Nacional de Navegación y Puertos, Fiscalía. General del Estado, Policía. Nacional, Ministerio de Industria y Comercio y cualquier otra institución conexa, en todo lo referente a la recepción y posterior investigación de posibles ilícitos que sean cometidos tanto por funcionarios públicos como por particulares en ámbito aduanero y otros.


B Tomar conocimiento de todas las denuncias, actuaciones, resultados, acciones y actividades que se realicen en torno al combate de estos ilícitos por parte de las autoridades pertinentes, sean estos funcionarios aduaneros y judiciales, sin que estas acciones quebrantaran el trabajo de ninguna de las Instituciones involucradas

.

C Solicitar informes por escrito al Director Nacional de Aduanas y a funcionario de cualquier rango dentro de la. misma institución , así como a cualquier otro funcionario público de cualquier otra institución del estado involucrado en la investigación de delitos aduaneros y conexos, colaborando a que estas acciones puedan ser llevadas con la mayor claridad y transparencia.


D Convocar a los representantes de los distintos estamentos de la sociedad, a las personas, entidades y demás que considere oportuno esta comisión.


E Estudiar, analizar o investigar cualquier propuesta o contrapropuesta que se realicen en torno al combate de los delitos aduaneros, las mafias dedicas al contrabando y a todos sus cómplices.


F Enviar con todos los antecedentes de las investigaciones y sus resultados al pleno de la Cámara de -Diputados, para que esta posteriormente realice las denuncias ante las autoridades competentes.


G Identificar maneras de trabajar en equipo y fortalecer los lazos de colaboración con los miembros de la sociedad civil, con la finalidad de transparentar los temas mencionados en los incisos anteriores.


H Tornar las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de los objetivos trazados por esta comisión, reivindicando al comerciante y al funcionario público honesto y velando para que el cumplimiento de ley sea realidad en la República del Paraguay.





I Investigar y verificar cualquier denuncia realizada dentro de la Dirección de Aduana concerniente a funcionarios malintencionados dentro de la Institución y que hayan sido denunciados por posible cohecho pasivo.


J Tener conocimiento cierto de todos los sumarios administrativos realizados por contrabando en la D.N.A. así como cuantas denuncias en el ámbito penal fueron iniciadas por la misma en el transcurso de estos dos años.

K Verificar y controlar la eficacia y factibilidad del sistema Sofía en el control y combate del contrabando y de cualquier otro delito aduanero o penal.

I Solicitar informes a cerca. de las unidades fiscales dedicadas a este tipo de delitos y sus actuaciones a fin de tener conocimiento cierto de las acciones tomadas por el estado y sus representantes en el combate de estos tipos de delitos.

Artículo 6º.- La Comisión Especial coordinara sus actividades y tratará de trabajar conjuntamente con las diferentes Instituciones encargadas del control aduanero en los países limítrofes iniciando contactos con las mismas, con las distintas comisiones parlamentarias de amistad y cooperación y/o organismos internacionales donde sean perseguidos estos tipos de ilícitos.

Artículo 7º.- Sede. La Comisión Especial para la investigación de posibles ilícitos cometidos dentro del ámbito aduanero como en la Dirección Nacional de Aduanas, Administración Nacional de Navegación y Puertos,...

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