Proyecto de Resolucion: que Modifica y Amplia los Articulos 136 y 163 del Reglamento de la Honorable Camara de Diputados de la Nacion
Fecha de recepción | 26 Septiembre 2014 |
Año | 2014 |
Número de expediente | D-1432074 |
Autor de la iniciativa | 1. Dip. Hugo Leandro RUBÍN GODOY - PEN 2. Dip. Mario Walberto SOTO ESTIGARRIBIA - A.N.R. 3. Dip. Pedro David BRITOS ESPÍNOLA - A.N.R. 4. Dip. Víctor Oscar GONZÁLEZ DRAKEFORD - P.L.R.A |
“2014, Año del cincuentenario del Parlamento Latinoamericano”
Congreso Nacional
Honorable Cámara de Diputados
Asunción, 24 septiembre de 2014
SEÑOR.
DIP. NAC. HUGO VELÁZQUEZ MORENO
PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS.
E. S. D.
De nuestra mayor consideración:
Nos dirigimos a V.E. y por su intermedio a los demás Miembros del Pleno, a los efectos de presentar el "PROYECTO DE RESOLUCIÓN QUE MODIFICA Y AMPLIA LOS ARTICULOS 136 Y 163 DEL REGLAMENTO DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN", para el tratamiento correspondiente.
Se adjunta la exposición de motivos y el texto del proyecto.
Sin otro particular lo saludamos con la mayor atención.
DIPUTADOS FIRMANTES: Hugo Rubín, Pedro David Britos, Oscar González, Mario W. Soto
Exposición de Motivos
CREACIÓN DE LA COMISIÓN ASESORA PERMANENTE DE JUVENTUD Y DESARROLLO
Los jóvenes demandan cada día una sociedad con mayor igualdad de oportunidades, equitativa, tolerante y menos discriminadora, lo cual está garantizado en Nuestra Carta Magna que señala en su artículo N°56; DE LA JUVENTUD "Se promoverán las condiciones para la activa participación de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural del país."
Es importante indicar que contribuciones de jóvenes a sus Comunidades y Naciones no están siendo cabalmente comprendidas ni potenciadas. La juventud hoy en día en el Paraguay representa casi el 56% de la población; debemos desarrollar este grupo joven, donde son estos los que están realizando cambios como activistas, líderes en el desarrollo de la comunidad.
En muchas partes del mundo, pueden ser percibidos como apáticos o no comprometidos, pero esto es mayormente inexacto. La juventud está modificando las formas tradicionales de participación política (por ej.: el voto) con su participación y voluntariado exigiendo ya de otra manera sus derechos. Sin embargo, el movimiento global de la juventud es caracterizado por la fragmentación, dando por resultado acciones aisladas que no alcanzan a satisfacer sus preocupaciones, intereses y objetivos. Esta comisión coadyudará para otorgar a los jóvenes esa participación que desean para ayudar al desarrollo del país aportando ideas, debates, análisis y tomar protagonismo en esta sociedad cada día más competitiva. Los jóvenes son el futuro de su patria, y su realidad hoy.
Esta comisión en otros países, se encarga de revisar políticas del sector. Existen en varios Estados de América Latina, Europa y América Central; dado que la población juvenil representa un flujo importante hoy en día en el ámbito político-social. Son aliados para el Estado e importantes agentes de fomento del crecimiento, desarrollo y bienestar social
RESOLUCION N°…
"QUE MODIFICA Y AMPLIA LOS ARTICULOS 136 Y 163 DEL REGLAMENTO DE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION”
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LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN
RESUELVE:
Artículo 1º.- Modificar y ampliar los Artículos 136 y 163 del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, cuyos textos quedan redactados de la siguiente manera:
Art. 136: Las Comisiones Permanentes de Asesoramiento serán integradas en la primera sesión ordinaria de la Cámara y son las siguientes:
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De Asuntos Constitucionales.
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De Asuntos Económicos y Financieros.
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De Legislación y Codificación.
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De Relaciones Exteriores.
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De Justicia, Trabajo y Previsión Social.
-
De Derechos Humanos.
-
De Educación, Cultura y Culto.
-
De Obras, Servicios Públicos y Comunicaciones.
-
De Prensa, Comunicación Social, Artes y Espectáculos.
-
De Agricultura y Ganadería.
-
De Defensa Nacional, Seguridad y Orden Interno.
-
De Industria, Comercio, Turismo y Cooperativismo.
-
De Salud Pública.
-
De Asuntos Municipales y Departamentales.
-
De Desarrollo Social, Población y Vivienda.
-
De Presupuesto.
-
De Cuentas y Control de Ejecución Presupuestaria.
-
De Peticiones, Poderes, Reglamento y Redacción.
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De Ciencia y Tecnología.
-
De Energía, Minas e Hidrocarburos.
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De Ecología, Recursos Naturales y Medio Ambiente.
-
De Bienestar Rural.
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De Equidad Social y Género.
-
De Deportes.
-
De Pueblos Indígenas.
-
De Entes Binacionales Hidroeléctricos.
-
De Asuntos Migratorios y Desarrollo.
-
De Juventud y Desarrollo
Cada una de estas Comisiones estarán integradas por no menos de seis miembros ni más de nueve, con excepción de las Comisiones de Presupuesto y la de Asuntos Económicos y Financieros, que estarán integradas por hasta quince miembros.
Todos los Diputados tienen el derecho y la obligación de formar parte de una o más Comisiones."
"Art. 163 (Bis).- Es competencia de la comisión de Juventud y Desarrollo el estudio y dictamen de todo proyecto o asunto relacionado con la legislación, promoción y desarrollo de la población juvenil del país....
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