Resolución nº 720 de Corte Suprema de Justicia, 10 de Abril de 2006

Fecha de Resolución10 de Abril de 2006
EmisorCorte Suprema de Justicia

A., 10 de abril de 2006.-

VISTA: La nota de renuncia al usufructo del Registro Notarial Nº 178, con asiento en la Ciudad de Asunción, presentada por la Notaria Pública G.C.S. de R., y

C O N S I D E R A N D O

El art. 110 de la Ley 879/81 Código de Organización Judicial, modificado por la Ley 903/96 y el Art. 148 de la Ley Nº 879/81, Código de Organización Judicial que contempla el procedimiento en caso de renuncia de un Notario Público,

LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

RESUELVE:

ART. 1°: ACEPTAR la renuncia presentada por la Notaria Pública G.C.S. de R. y declarar vacante el Registro Notarial Nº 178, con asiento en la ciudad de Asunción.

ART. 2º: DISPONER que el Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia realice los trámites ordenados por el Código de Organización Judicial y la Ley 903/96.

ART. 3°: ANOTAR, registrar, notificar.

Ante mí:

A.C.C., S.

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