Resolución Nº 1 del Banco Central, 17-05-2022

Fecha17 Mayo 2022
Número de resolución1
Expediente N° 3745/2022
REGLAMENTO GENERAL DE LOS SISTEMAS DE PAGOS DEL PARAGUAY (SIPAP).
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Este documento es de uso restringido; podrá ser publicado/notificado únicamente conforme a las normas vigentes y por los
medios autorizados.
[RA]
WP
REGLAMENTO
GENERAL SISTEMAS
DE PAGOS DEL
PARAGUAY SIPAP
AÑO 2022
Acta N° 26 de fecha 17 de mayo de 2022.-
RESOLUCIÓN N° 1.-
VISTO: la Ley N° 4595/2012 de “SISTEMAS DE PAGOS Y LIQUIDACIÓN DE
VALORES”; la Resolución N° 6, Acta N° 50 de fecha 21 de octubre de 2021 “Implementación
del Sistema de Pagos Instantáneos (SPI); los memorandos SGGOF N°s. 45/2022 y 60/2022 de la
Sub Gerencia General de Operaciones Financieras de fechas 8 de abril y 10 de mayo de 2022; el
dictamen GUJ.DJSEF. Nº 76/2022 de la Unidad Jurídica de fecha 27 de abril de 2022; las
Resoluciones N°s. 12, 14, 24, 1, 1, 8, 2, 6 y 11, Actas N°s. 22, 52, 54, 67, 67, 75, 82, 50 y 1 de
fechas 12 de abril, 18, 25 de agosto de 2011, 27 de diciembre de 2012, 24 de setiembre, 30 de
octubre, 21 de noviembre de 2013, 21 de octubre de 2021 y 6 de enero de 2022, respectivamente;
el memorando SB.GAR.IEN. Nº 47/2022 de la Superintendencia de Bancos de fecha 28 de abril
de 2022; el informe G.G. 97/2022 de la Gerencia General de fecha 11 de mayo de 2022; la
providencia de la Presidencia de fecha 16 de mayo de 2022; y,
CONSIDERANDO: que, son objetivos fundamentales del Banco Central del Paraguay,
preservar y velar por la estabilidad del valor de la moneda y promover la eficacia, integridad y
estabilidad del sistema financiero, por lo que existe una estrecha relación entre el buen
funcionamiento de los sistemas de pagos y la estabilidad financiera.
Que, a la luz de esta relación, el papel de la banca matriz resulta fundamental ya que es
responsable de velar por la eficiencia y el buen funcionamiento de los sistemas de pagos y el de la
liquidación de valores, propiciando su seguridad jurídica, desarrollo y fortalecimiento, conforme
el artículo 2° de la Ley N° 4595/12 “Sistema de Pagos y Liquidación de Valores”.
Que, el buen funcionamiento de los sistemas de pagos de un país contribuye de manera
positiva al desarrollo de las actividades económicas, brindando a los agentes del mercado
herramientas suficientes que coadyuvan a que las transacciones se desarrollen de manera eficiente
y segura entre los distintos participantes; en ese marco, la banca matriz impulsa nuevas
herramientas como el Sistema de Pagos Instantáneos (SPI).
Que, el esquema de regulación de los sistemas de pagos debe ser adecuado y establecer un
marco seguro y eficiente, con el fin de mitigar riesgos.
Que, es necesario y conveniente consolidar la reglamentación vigente sobre los sistemas de
pagos, para facilitar su comprensión y la correcta aplicación por parte de los agentes.
Por tanto, en uso de sus atribuciones,
EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY
R E S U E L V E:
1º) Aprobar y disponer la entrada en vigencia del REGLAMENTO GENERAL DE LOS
SISTEMAS DE PAGOS DEL PARAGUAY (SIPAP), cuyo texto se adjunta como anexo y
forma parte de esta Resolución.-------------------------------------------------------------------------
2°) Abrogar las siguientes Resoluciones: i) Resolución N° 12, Acta N° 22 de fecha 12 de abril
de 2011 “Por la cual se establece la Ventanilla de Liquidez Interbancaria y se aprueba su
Reglamento de Operaciones”; ii) Resolución N° 14, Acta N° 52 de fecha 18 de agosto del
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REGLAMENTO
GENERAL SISTEMAS
DE PAGOS DEL
PARAGUAY SIPAP
AÑO 2022
Acta N° 26 de fecha 17 de mayo de 2022.-
RESOLUCIÓN N° 1.-
2011 “Monto límite para las operaciones que serán procesadas por el Automatic Clearing
House (ACH) en los Sistemas de Pagos del Paraguay (SIPAP)”; iii) Resolución N° 24, Acta
N° 54 de fecha 25 de agosto de 2011 “Proyecto de modernización de los Sistemas de Pagos
del Paraguay Red alternativa para los Sistemas de Pagos y Valores del BCP”; iv)
Resolución N° 1, Acta N° 67 de fecha 27 de diciembre de 2012 “Reglamento General de los
Sistemas de Pagos del Paraguay”; v) Resolución N° 1, Acta N° 67 de fecha 24 de setiembre
de 2013 “Que modifica la Resolución N° 12, Acta N° 22 de fecha 12 de abril de 2011”; vi)
Resolución N° 8, Acta 75 de fecha 30 de octubre de 2013 “Reglamento para la
constitución y operación de una Depositaria de Valores de Títulos Públicos”; y, vii)
Resolución N° 2, Acta N° 82 de fecha 21 de noviembre de 2013 “Adenda de Contratos de
Ventanilla Interbancaria de Liquidez (VLI) y Facilidad de Liquidez de Corto Plazo
(FLIR)”.----------------------------------------------------------------------------------------------------
3º) Comunicar a quienes corresponda, publicar y archivar.---------------------------------------------
FIRMADO DIGITALMENTE:
JOSÉ CANTERO.-PRESIDENTE.-
FERNANDO FILÁRTIGA.-MARIA FERNANDA CARRON DE PEDERZANI.-DIRECTORES TITULARES.-
RUBÉN BÁEZ MALDONADO.-SECRETARIO DEL DIRECTORIO.-
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AÑO 2022
Acta N° 26 de fecha 17 de mayo de 2022.-
RESOLUCIÓN N° 1.-
ANEXO
SISTEMAS DE PAGOS DEL PARAGUAY (SIPAP)
REGLAMENTO GENERAL
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