Resolución Nº 1 del Banco Central, 11-07-2023

Año2023
Fecha11 Julio 2023
Número de resolución1
Expediente N° 5737/2023
REGLAMENTO GENERAL DE LOS SISTEMAS DE PAGOS DEL PARAGUAY
(SIPAP).- Página 1 de 57
Este documento es de uso restringido; podrá ser publicado/notificado únicamente conforme a las normas vigentes y por los
medios autorizados.
[RA]
RR
REGLAMENTO GENERAL
DE LOS SISTEMAS DE
PAGOS DEL PARAGUAY
AÑO 2023
Acta N° 35 de fecha 11 de julio de 2023.-
RESOLUCIÓN N° 1.-
VISTO: la Ley N° 4595/2012 de “SISTEMAS DE PAGOS Y LIQUIDACIÓN DE
VALORES”; la Resolución N° 1, Acta 26 de fecha 17 de mayo de 2022 “Reglamento General
de los Sistemas de Pagos del Paraguay”; la Resolución N° 6, Acta N° 50 de fecha 21 de octubre
de 2021 “Implementación del Sistema de Pagos Instantáneos (SPI)”; los memorandos SGGOF
N°s. 123/2023 y 140/2023 de la Sub Gerencia General de Operaciones Financieras de fechas 7 de
junio y 4 de julio de 2023; el dictamen GUJ.DJSEF. Nº 89/2023 de la Unidad Jurídica de fecha 3
de julio de 2023; la Resolución G.G. N° 40/2023 y la providencia de la Gerencia General de
fechas 12 de mayo y 10 de julio de 2023; la providencia de la Presidencia de fecha 10 de julio de
2023; y,
CONSIDERANDO: que, el artículo 45° de la Ley N° 489/1995 “Orgánica del Banco
Central del Paraguay” dispone “…Sistemas Internos de Pagos: El Banco Central del Paraguay
velará por la eficiencia y el buen funcionamiento de los sistemas de pagos y de movimiento
interno de dinero. A tal efecto y en particular: a) Adoptará o promoverá las medidas que tengan
por objeto normalizar, desarrollar y agilizar los procedimientos y técnicas de los sistemas de pago
y de movimiento de dinero, así como de compensación entre los bancos y demás entidades de
crédito; …”.
Que, son objetivos fundamentales del Banco Central del Paraguay, preservar y velar por la
estabilidad del valor de la moneda y promover la eficacia, integridad y estabilidad del sistema
financiero, por lo que existe una estrecha relación entre el buen funcionamiento de los sistemas de
pagos y la estabilidad financiera.
Que, a la luz de esta relación, el papel de la banca matriz resulta fundamental ya que es
responsable de velar por la eficiencia y el buen funcionamiento de los sistemas de pagos y el de la
liquidación de valores, propiciando su seguridad jurídica, desarrollo y fortalecimiento, conforme
el artículo 2° de la Ley N° 4595/12 “Sistema de Pagos y Liquidación de Valores”.
Que, el buen funcionamiento de los sistemas de pagos de un país contribuye de manera
positiva al desarrollo de las actividades económicas, brindando a los agentes del mercado
herramientas suficientes que coadyuvan a que las transacciones se desarrollen de manera eficiente
y segura entre los distintos participantes; en ese marco, la banca matriz impulsa nuevas
herramientas como el Sistema de Pagos Instantáneos (SPI).
Que, el esquema de regulación de los sistemas de pagos debe ser adecuado y establecer un
marco seguro y eficiente, con el fin de mitigar riesgos.
Que, la Resolución N° 1, Acta N° 26 de fecha 17 de mayo de 2022 “Reglamento General de
los Sistemas de Pagos del Paraguay” fue emitida con anterioridad a la incorporación de nuevas
funcionalidades del SPI; en consecuencia, resulta necesario aprobar un nuevo Reglamento
General, acorde a los nuevos módulos, participantes y reglas vigentes del SIPAP.
Que, es necesario y conveniente consolidar la reglamentación vigente sobre los sistemas de
pagos, para facilitar su comprensión y la correcta aplicación por parte de los agentes.
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[RA]
RR
REGLAMENTO GENERAL
DE LOS SISTEMAS DE
PAGOS DEL PARAGUAY
AÑO 2023
Acta N° 35 de fecha 11 de julio de 2023.-
RESOLUCIÓN N° 1.-
Por tanto, en uso de las atribuciones otorgadas por los artículos 4°, 5°, 19, 45, 46 y
concordantes de la Ley N° 489/95 “Orgánica del Banco Central del Paraguay”, modificada y
ampliada por la Ley Nº 6104/18 y por la Ley N° 4595/2012 “Sistemas de Pagos y Liquidación de
Valores”,
EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY
R E S U E L V E:
1º) Aprobar y disponer la entrada en vigencia del “REGLAMENTO GENERAL DE LOS
SISTEMAS DE PAGOS DEL PARAGUAY (SIPAP)”, cuyo texto se adjunta como anexo y
forma parte de esta Resolución.-------------------------------------------------------------------------
2°) Abrogar la Resolución N° 1, Acta N° 26 de fecha 17 de mayo de 2022, “Reglamento
General de los Sistemas de Pagos del Paraguay”.----------------------------------------------------
3º) Comunicar a quienes corresponda, publicar y archivar.---------------------------------------------
FIRMADO DIGITALMENTE:
JOSÉ CANTERO.-PRESIDENTE .-
FERNANDO FILÁRTIGA.-HUMBERTO COLMÁN.-
CARMEN MARÍN RODRÍGUEZ.- DIRECTORES TITULARES.-
RUBÉN BÁEZ MALDONADO.- SECRETARIO DEL DIRECTORIO.-
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ANEXO
SISTEMAS DE PAGOS DEL PARAGUAY (SIPAP)
REGLAMENTO GENERAL
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