Resolución Nº 52 de Secretaría de la Función Pública, 14/02/2024
Fecha | 14 Febrero 2024 |
Número de resolución | 52 |
Estatus | VIGENTE |
Tipo de documento | Resolución |
PODER EJECUTIVO
Ministerio de Economía y Finanzas
Viceministerio de Capital Humano y Gestión Organizacional
Resolución N° 52/2024
QUE ESTABLECE EL REGLAMENTO Y LOS INSTRUMENTOS TÉCNICOS A SER
APLICADOS POR LOS ORGANISMOS Y ENTIDADES DEL ESTADO (OEE) EN LOS
PROCESOS DE SELECCIÓN POR CONCURSOS.
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Asunción, 14 de febrero de 2024
Visto: La Constitución Nacional de la República del Paraguay;
La Ley Nº 1626/2000 “De la Función Pública”;
La Ley Nº 7158/2023 “Que crea el Ministerio de Economía y Finanzas”;
La Ley N° 7228/2023 “Que aprueba el Presupuesto General de la Nación
para el Ejercicio Fiscal 2024”;
El Decreto N° 3857/2015 “Por el cual se aprueba el Reglamento General
de Selección para el ingreso y promoción en la función pública, en cargos
permanentes y temporales, mediante la realización de concursos públicos
de oposición, concursos de oposición y concursos de méritos, de
conformidad a los artículos 15, 25, 27 y 35 de la Ley Nº 1626/2000 de la
Función Pública”;
El Decreto N° 1092/2024 “Por el cual se reglamenta la Ley N° 7228 del 29
de diciembre de 2023 que aprueba el Presupuesto General de la Nación
para el Ejercicio Fiscal 2024”;
El Memorando DGGIPCH N° 03/2024 del 09 de febrero de 2024 de la
Dirección General de Gestión del Ingreso y Promoción del Capital Humano, y;
Considerando: Que, el artículo 47 de la Constitución Nacional establece: “El Estado
garantizará a todos los habitantes de la República: …3) la igualdad para el
acceso a las funciones públicas no electivas, sin más requisitos que la
idoneidad”.
Que el Artículo 1° de la Ley N° 7158/2023, dispone en su parte pertinente:
“...El Ministerio de Economía y Finanzas absorbe y amplía las funciones
propias, establecidas previamente en las leyes vigentes asignadas al
Ministerio de Hacienda, a la Secretaría de la Función Pública y a la
Secretaría Técnica de Planificación del Desarrollo Económico y Social. A
dicho efecto, el Ministerio de Economía y Finanzas subroga las funciones y
estructuras de los organismos absorbidos”.
Que, el Artículo 3º, incido b) del mismo cuerpo legal, establece a partir de
la vigencia de la citada ley: “…b) El Viceministerio de Capital Humano y
Gestión Organizacional sustituye y absorbe las funciones de la Secretaría
de la Función Pública…”
Que, el Artículo 5º de la referida Ley dispone las funciones y competencias
del Ministerio, y expresa en su inciso k cuanto sigue: “Formular, diseñar,
evaluar y controlar las políticas de gestión de las personas del sector
público y desarrollo organizacional de los Organismos y Entidades del
Estado, dentro de su ámbito de competencia, orientado a la eficiencia y
eficacia de la gestión pública.”
PODER EJECUTIVO
Ministerio de Economía y Finanzas
Viceministerio de Capital Humano y Gestión Organizacional
Resolución N° 52/2024
QUE ESTABLECE EL REGLAMENTO Y LOS INSTRUMENTOS TÉCNICOS A SER
APLICADOS POR LOS ORGANISMOS Y ENTIDADES DEL ESTADO (OEE) EN LOS
PROCESOS DE SELECCIÓN POR CONCURSOS.
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Que, el artículo 159º del Decreto N° 1092/2024 que reglamenta la Ley del
Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2024, dispone en
su parte pertinente: “Los nuevos nombramientos en cargos permanentes y
contrataciones de personal de los OEE, deberán realizarse obligatoriamente por
medio de Concurso Público de Oposición, Concurso de Oposición o Concurso de
Méritos, según necesidades institucionales, conforme a lo dispuesto en los artículos
27 y 35 de la Ley N° 1626/2000 «De la Función Pública», y sus reglamentaciones.
…El VCHGO en el ámbito de su competencia deberá realizar las adecuaciones que
considere necesarias para garantizar el cumplimiento del debido proceso concursal
establecido en el Procedimiento General aprobado por Decreto N° 3857/2015 y el
presente Decreto.”
Que, la reglamentación del procedimiento general de selección para el
ingreso y promoción del servidor público por medio de instrumentos
técnicos y legales, son indispensables para la implementación de un sistema
meritocrático que permita la instalación de la carrera del servicio civil,
además de constituir una herramienta necesaria para la gestión de calidad
del capital humano en el sector público.
Que, por el Memorando DGGIPCH N° 03/2024 del 09 de febrero de 2024,
la Coordinación Jurídica de Gestión del Capital Humano, dependiente de la
Dirección General de Gestión del Ingreso y Promoción del Capital Humano,
recomienda la actualización de los lineamientos generales e instrumentos
técnicos de concursabilidad a las disposiciones presupuestarias vigentes.
Que, el Viceministerio de Capital Humano y Gestión Organizacional emite
el presente acto administrativo de conformidad a las normativas que rigen
la materia.
Por tanto, en uso de sus atribuciones legales,
La Viceministra de Capital Humano y Gestión Organizacional
Del Ministerio de Economía y Finanzas
R e s u e l v e:
Artículo 1º Establecer el reglamento y los instrumentos técnicos a ser aplicados por los
Organismos y Entidades del Estado (OEE) en los procesos de selección por
concursos, de conformidad al anexo que forma parte de la presente
Resolución.
Artículo 2º Disponer que los procedimientos de selección por concurso se realizarán
mediante el registro de documentaciones e informaciones en el Portal Único
de Empleo Público “Paraguay Concursa”, a fin de facilitar el cumplimiento
del debido proceso concursal, establecido en el Reglamento General de
Selección aprobado por Decreto N° 3857/2015.
PODER EJECUTIVO
Ministerio de Economía y Finanzas
Viceministerio de Capital Humano y Gestión Organizacional
Resolución N° 52/2024
QUE ESTABLECE EL REGLAMENTO Y LOS INSTRUMENTOS TÉCNICOS A SER
APLICADOS POR LOS ORGANISMOS Y ENTIDADES DEL ESTADO (OEE) EN LOS
PROCESOS DE SELECCIÓN POR CONCURSOS.
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Artículo 3º Establecer que las normativas dispuestas en este Reglamento, cuyo anexo
forma parte de la presente Resolución, serán aplicables a los diferentes tipos
de concursos vigentes establecidos en el Decreto N° 3857/2015 y el Decreto
N° 1092/2024 que reglamenta la Ley del Presupuesto General de la Nación
para el Ejercicio Fiscal 2024, los cuales se describen a continuación:
a)
Concurso Público de Oposición.
b)
Concurso de Oposición Interno Institucional e Interinstitucional.
c)
Concurso de Oposición – Desprecarización Laboral.
d)
Concurso de Méritos.
e)
Concurso de Méritos – Metodología Dual.
Artículo 4º Disponer que el Viceministerio de Capital Humano y Gestión
Organizacional, en el marco de sus competencias, realice las adecuaciones
necesarias de los formatos y las herramientas telemáticas para el correcto
funcionamiento de los procesos de selección, de conformidad a las
normativas jurídicas vigentes.
Artículo 5º Disponer que las denuncias y reclamos presentados en el marco de los
procesos de concursos, una vez agotada la instancia ante la Comisión de
Selección de la institución convocante, serán atendidas por el Viceministerio
de Capital Humano y Gestión Organizacional, en adelante VCHGO.
Artículo 6º Las situaciones no contempladas en la presente reglamentación serán
analizadas por la Dirección General de Gestión del Ingreso y Promoción
del Capital Humano, en adelante DGGIPCH, a fin de emitir el parecer
correspondiente.
Artículo 7º Disponer la devolución de las solicitudes realizadas por los OEE en caso de
no reunir los requisitos establecidos en el anexo de la presente Resolución.
Artículo 8º Los perfiles y matrices homologados antes de la vigencia de la presente
Resolución, se regirán por sus respectivas bases y condiciones
homologadas.
Artículo 9º Comunicar a quienes corresponda y archivar.
Firmado por Andrea Picaso,
Viceministra
Viceministerio de Capital Humano y
Gestión Organizacional
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