Resolución Nº 6 del Banco Central, 13-11-2018

Año2018
Fecha13 Noviembre 2018
Número de resolución6
Expediente N° 12831/18
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS GUÍA METODOLÓGICA PARA DETERMINAR
ENTIDADES FINANCIERAS DE IMPORTANCIA SISTÉMICA.- Página 1 de 4
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medios autorizados.
[RA]
RR
SIB - GUÍA
METODOLÓGICA
PARA DETERMINAR
ENTIDADES DE
IMPORTANCIA
SISTÉMICA
AÑO 2018
Acta N° 74 de fecha 13 de noviembre de 2018.-
RESOLUCIÓN N° 6.-
VISTO: el artículo 4, literal f) y el artículo 19, numeral 26) de la Ley N° 6104/18 que
modifica y amplía la Ley 489/1995 ORGÁNICA DEL BANCO CENTRAL DEL
PARAGUAY; el artículo 4°, literal b) de la Ley N° 861/96 “GENERAL DE BANCOS,
FINANCIERAS Y OTRAS ENTIDADES DE CRÉDITO”; el artículo 3° de la Ley N° 5787/16
“DE MODERNIZACIÓN Y FORTALECIMIENTO DE LAS NORMAS QUE REGULAN EL
FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA FINANCIERO PARAGUAYO”; el memorándum
SB.GSES.IEN.NP. N° 40/18 y las providencias de la Superintendencia de Bancos de fechas 17,
19 y 22 de octubre de 2018; la providencia de la Presidencia de fecha 8 de noviembre de 2018; y,
CONSIDERANDO: que, es función primordial del Banco Central del Paraguay promover
la eficacia, integridad, estabilidad, seguridad y solvencia del sistema financiero.
Que, las instituciones financieras de importancia sistémica, son instituciones cuyos
desequilibrios financieros o inconvenientes para desarrollar sus funciones como intermediarios
financieros, debido a su tamaño, sustituibilidad o de infraestructura financiera, complejidad y la
interconexión sistémica, podrían causar una perturbación significativa en el resto del sistema
financiero y en la actividad económica.
Que, las externalidades negativas que pueden crear las instituciones financieras de
importancia sistémica, pueden propagarse a otras instituciones financieras interconectadas,
transmitiendo perturbaciones por todo el sistema financiero y que, a su vez, pueden dañar la
economía real.
Que, el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea considera como una buena práctica, que
los supervisores realicen una evaluación periódica de la importancia sistémica de las entidades
que operan en los respectivos sistemas financieros.
Que, una de las funciones del Comité de Estabilidad del Sistema Financiero (CESIF) es
analizar el comportamiento del sistema financiero, evaluar su proyección ante eventos adversos,
recomendar estrategias para la mitigación del riesgo sistémico en el sector, impulsar la realización
de investigaciones y estudios a efectos de prevenir riesgos sistémicos.
Que, la Ley N° 5787/16 “DE MODERNIZACIÓN Y FORTALECIMIENTO DE LAS
NORMAS QUE REGULAN EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA FINANCIERO
PARAGUAYO”, establece en su artículo 3° que el Banco Central del Paraguay determinará los
criterios generales que definan a las entidades de importancia sistémica.
Que, en ese sentido, es importante que exista un marco para la vigilancia macroprudencial y
la formulación de políticas de estabilidad financiera, el cual deberá ser establecido para identificar
el riesgo sistémico en el sistema financiero, con el fin de vigilar, analizar el mercado y otros
factores financieros y económicos que puedan llevar a acumular riesgos sistémicos.

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