Resolución Nº CG 36/23 de Comisión Nacional de Valores

Número de resoluciónCG 36/23
Fecha16 Marzo 2023
EmisorComisión Nacional de Valores (Paraguay)
COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
Asunción- Paraguay
REF.: MODIFICA LOS TÍTULOS 14 Y 33 DEL
REGLAMENTO GENERAL DEL MERCADO DE
VALORES.
Res. CNV CG N° 36/23.
Acta de Directorio Nº 037/2023 de fecha 16 de marzo de 2.023.
Asunción, 16 de marzo de 2.023.
Aviadores del Chaco 1669 casi San Martin - Edificio AYMAC I Piso 1 Emai l: cnv@cnv.gov.py Página WEB: www.cnv.gov.py
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VISTO: La Ley Nº 5.810/17 Mercado de Valores”, la Resolución CNV CG N°
35/2023 Aprueba nueva modificación del Reglamento General del Mercado de Valores, deroga resoluciones de
Carácter General.
CONSIDERANDO: Que, la Resolución CNV CG N° 35/2023 aprueba una
nueva versión del Reglamento General de Mercado de Valores.
Que, el artículo 51 de la Ley N° 5.810/17 “Mercado de Valores”, establece: “El
emisor de los bonos podrá designar un representante de los obligacionistas o fiduciario, en cuyo caso celebrará
con el mismo un contrato de emisión de bonos, que contendrá como mínimo las previsiones de los artículos 1.140
y 1.141 del Código Civil. De no ser designado por el emisor, los obligacionistas podrán nombrar dicho
representante en asamblea de obligacionistas. La remuneración del representante de los obligacionistas recaerá
en quien lo haya designado.”
Que, el artículo 6 de la Ley N° 5.810/17 Mercado de Valores”, establece que: La
Comisión podrá eximir a ciertas ofertas públicas del cumplimiento de alguno de los requisitos de la presente ley,
mediante normas de carácter general...”.
Que, a los efectos de preservar un mercado de valores competitivo y ordenado,
se considera necesario actualizar el Título 14 Emisión de Bonos de Organismos Multilaterales y el Título
33 De las Cajas de Valores del Reglamento General del Mercado de Valores, aprobado según Resolución
CNV CG Nº 35/2023.
POR TANTO, el Directorio de la Comisión Nacional de Valores en uso de sus
atribuciones legales,
RESUELVE:
1º).- MODIFICAR, el TÍTULO 14 EMISIÓN DE BONOS DE
ORGANISMOS MULTILATERALES del Reglamento General del Mercado de Valores, aprobado
según Resolución CNV CG Nº 35/2023, el cual queda incorporado con la siguiente versión:
TÍTULO 14. EMISIÓN DE BONOS DE ORGANISMOS MULTILATERALES
CAPÍTULO 1
DEL REGISTRO
Artículo 1°. Para el registro de los bonos emitidos por los Organismos Multilaterales, a los
efectos de su oferta pública en Bolsa, deberán presentarse ante la Comisión cuanto sigue:
a) Nota de solicitud de inscripción: Solicitar por nota la inscripción en el registro de la
Comisión Nacional de Valores de los bonos a ser emitidos del Organismo Multilateral, la cual
debe estar firmada por el representante del organismo debidamente habilitado.

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