Resolución nº RES.SS.SG.N°111/10 de la Superintendencia de Seguros, 13-10-2010

Número de resoluciónRES.SS.SG.N°111/10
Fecha13 Octubre 2010
MateriaGobierno corporativo
Tipo de documentoResolución
EstatusDerogado
Superintendencia de Seguros
RESOLUCIÓN SS.SG. N° 111 /10
VISION: Desarrollar una gestión eficiente, autónoma y basada en la excelencia de sus talentos, tendiente a contribuir con la mejor calidad de vida de los
habitantes de nuestro país y lograr el reconocimiento nacional e internacional com o institución confiable y creíble.
MISION: Preservar y velar por la estabilidad del valor de la moneda, promover la eficac ia y estabilidad del sistema financiero y servir a la Sociedad con
excelencia en su rol de banco de bancos y agente financiero del Estado.
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GOBIERNO CORPORATIVO EN ASEGURADORAS
Asunción, 13 de octubre de 2010
Visto: Lo establecido en el art. 61 de la ley 827 de Seguros de fecha 12 de febrero de 1996, El Plan
Estratégico del Banco Central del Paraguay en lo concerniente a la Superintendencia de Seguros y la opinión
favorable del Consejo Consultivo del Seguro, de fecha 11OCT2010; y,
Considerando: La necesidad de establecer Principios de Gobierno Corporativo para las Compañías de
Seguros y promover su adhesión a ellos.
Que, los Principios Básicos del Seguro (PBS9) refieren que el Gobierno Corporativo, reconoce y protege los
derechos de todas las partes interesadas. La autoridad supervisora requiere que se cumpla con todos los
estándares aplicables de gobierno corporativo.
9.1. Las aseguradoras deben ser administradas prudentemente. El gobierno corporativo se refiere a la manera
en la cual el consejo de administración y los principales directivos vigilan la operación de la aseguradora.
Comprende los mecanismos mediante los cuales los miembros del consejo y de la alta dirección rinden
cuentas y son responsables de sus acciones. El gobierno corporativo incluye la disciplina corporativa,
transparencia, independencia, responsabilidad, rendición de cuentas, responsabilidad, imparcialidad y
responsabilidad social. La divulgación oportuna y precisa de todos los asuntos importantes relacionados con la
aseguradora, incluyendo la situación financiera, desempeño, propiedad y los programas de gobierno, son
parte del marco de gobierno corporativo. El gobierno corporativo también incluye el cumplimiento de requisitos
legales y regulatorios.
9.2. El Consejo de Administración es el punto central en el sistema de gobierno corporativo. Debe rendir
cuentas y es el responsable final del desempeño y conducta de la aseguradora. El que delegue autoridad
sobre los comités del consejo o sobre la administración de ninguna manera mitiga o disipa el cumplimiento de
las obligaciones y responsabilidades del Consejo de Administración. En el caso de una política establecida por
el Consejo, éste deberá estar conforme de que dicha política ha sido implementada y que su cumplimiento ha
sido monitoreado. En forma similar, el consejo requiere estar convencido de que se han cumplido las leyes y
regulaciones aplicables. Las responsabilidades del órgano de gobierno deben ser consistentes con las normas
de estructura de gobierno establecidas en la jurisdicción. Cuando el puesto de presidente y el de director
ejecutivo están combinados en una persona, la autoridad supervisora verificará que se hayan establecido los
controles necesarios para asegurar una adecuada rendición de cuentas al Consejo de administración.
9.3. En la mayoría de las jurisdicciones, existen reglas de gobierno corporativo para empresas con propósitos
generales; estas seguramente aplican para las aseguradoras. Sin embargo, con frecuencia es necesario
establecer requerimientos adicionales a través de la legislación de seguros, que traten con asuntos de
preocupación e importancia específica para los supervisores de seguros. Estos asuntos se describen en los
criterios señalados a continuación. Como la autoridad supervisora pudiera no contar con la facultad para
especificar los detalles de las reglas generales de gobierno corporativo o para hacerlas cumplir, varios criterios
bajo este principio se refieren a la responsabilidad del Consejo de Administración más que a requerimientos de
la autoridad supervisora.
Criterios esenciales:
a. La autoridad supervisora requiere y verifica que la aseguradora cumpla con los principios aplicables de
gobierno corporativo.
b. El consejo de administración:
- establece sus responsabilidades en aceptar y comprometerse con los principios específicos de gobierno
corporativo para su empresa. La regulación sobre gobierno corporativo debe estar cubierta ya sea por leyes de
empresas en general y/o por la ley de seguros. Estas regulaciones deberán tomar en cuenta el tamaño,
naturaleza y complejidad del asegurador. - establece políticas y estrategias, los mecanismos para alcanzarlas,
y los procedimientos para el monitoreo y la evaluación de los progresos realizados. La adherencia a las
políticas y estrategias se revisan periódicamente, cuando menos anualmente. - se cerciora de que la
aseguradora está organizada de tal manera que promueva la administración efectiva y prudente de la
institución, así como la supervisión del consejo sobre dicha administración. El consejo de administración ha

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