Resolución nº RES.SS.SG.N°247/23 de la Superintendencia de Seguros, 28-12-2023

Fecha28 Diciembre 2023
Número de resoluciónRES.SS.SG.N°247/23
MateriaAccionistas
Tipo de documentoResolución
EstatusVigente
VISIÓN: Ser una institución técnica e independiente que desarrolle una gestión eficiente y creíble, basada en la excelencia de sus
talentos y reconocida en el ámbito nacional e internacional, orientada a preservar el valor de la moneda
y la eficacia, integridad y estabilidad del sistema financiero.
RESOLUCIÓN SS.SG. N° 247/2023
MISIÓN: Preservar y velar por la estabilidad del valor de la moneda y promover la eficacia, integridad y estabilidad del sistema
financiero, para colaborar con el bienestar del país.
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POR LA CUAL SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN SS.SG. 244/2020 DE
F/05.10.2020 - REGLAS PARA LA SUSCRIPCIÓN, ADQUISICIÓN O
TRANSFERENCIA DE ACCIONES, INCOMPATIBILIDADES PARA SER
ACCIONISTAS U OCUPAR CARGOS EN ENTIDADES SUPERVISADAS.
Asunción, 28 de diciembre de 2023.
VISTO: La Ley 827/1996 de Seguros; la Resolución SS.SG. N° 244/2020, de f/05.10.2020, por la
cual se establece las “REGLAS PARA LA SUSCRIPCIÓN, ADQUISICIÓN O TRANSFERENCIA DE
ACCIONES, INCOMPATIBILIDADES PARA SER ACCIONISTAS U OCUPAR CARGOS EN
ENTIDADES SUPERVISADAS” y la Resolución SS.SG. N° 179/2021, de f/18.10.2021, por la cual
POR LA CUAL SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN SS.SG. N° 244/2020 DE F/05.10.2020 - REGLAS
PARA LA SUSCRIPCIÓN, ADQUISICIÓN O TRANSFERENCIA DE ACCIONES,
INCOMPATIBILIDADES PARA SER ACCIONISTAS U OCUPAR CARGOS EN ENTIDADES
SUPERVISADAS”, ambas de la Superintendencia de Seguros; el Memorando GUJ.DJSES
141/2022 de f/13.12.2022; y,
CONSIDERANDO: Que, la Ley de Seguros determina como alcance el ejercicio de la actividad
aseguradora y reaseguradora en cualquier lugar del territorio nacional, indicando que está
sometido a la mencionada ley y al control de la autoridad creada por ella,
Que, en el marco del control de eficiencia y mejora continua de las normativas que rigen el
mercado asegurador y reasegurador nacional, y la necesidad de realizar la evaluación de impacto
y alcance de las normas que afecta al mercado regulado, se hace necesaria extender la vigencia de
la suspensión del artículo 3°, inciso e) del Anexo I, suspensión que fuera resuelta por el artículo 5°
de la Resolución SS.SG. N° 179/21 de f/18.10.2021.
Por tanto, en uso de sus atribuciones;
EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS INTERINO
R e s u e l v e:
1º) SUSPENDER la vigencia del artículo 3° inciso e) del Anexo I de la Resolución SS.SG. N°
244/2020, hasta el 31 de diciembre de 2024, por los motivos expuestos en el considerando de
la presente resolución.
2º) Comunicar, registrar y archivar.
Superintendente de Seguros Interino
RAUL ADOLFO
ALDERETE
QUINTANA
Firmado digitalmente por RAUL
ADOLFO ALDERETE QUINTANA
Fecha: 2023.12.28 11:27:21
-03'00'

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