Resoluciones Nº 111 de la Dirección Nacional de Aduanas, 2023

Año2023
z-
Aduana
RESOLUCIoN N''y'jy'-
POR LA QUE SE DISPONE LA HABILITACION TEMPORAL DE UN RESGUARDO DE ADUANA
DEPf,NDIENTE DE LA ADMTNTSTnacIÓx DE ADUANA DE PUERTo CAACUPEMI, EN LA
TERMINAL PORTUARIA DENOMINADA PUERTO UNION S.A., UBICADA EN EL KILOMI,TRO
399,1 soBRE LA MARGEN IZeUIERDA ou- nÍo rARAGUAv, EN Los TNMUEBLES
IDENTTFICADos coN lr¡.rnÍcuLAs N'llr2-u-A06,998-u-A06,999-u-A06,4r55-u-A06. crAS.
CTES. CATASTRALES N" 15,1429.02, 15.1429.03, 15.1429.04, 15.1429.05, DEL DISTRITO DE
sl,xrÍsrMA, TRINIDAD - DEpARTAMENTo cENTRAL.
Asunción.14 de enero de 2023
VISTO: La Nota con Entrada DNA N'22000134859K, presentada por el Sr. Francisco S. Meza Gerente
General de la firma Puerto Unión S.A. y;
CONSIDERANIDO: Que, la firma de referencia solicita la renovación de habilitación en forma temporal de
un Resguardo de Aduana dependiente de la Administración de Aduana de Puerto Caacupemí, que fuera
creado por Resolución DNA N' 285 de fecha 27 de abril de 201 0.
Que, la Presidencia de la Repúblic4 en su Decreto No 5125 de fecha l3 de abril de 2016, resolvió autorizar a
la empresa Puerto Unión S.A. la renovación de la habilitación de una Terminal Portuaria Privada denominada
"Puerto Unión" en la margen izquierda del Río Paraguay, Km 399,1 en los inmuebles con Matricula No I I l2-
U-406, Cuenta Corriente Catastral N' 14.1429.02, Matricula N' 998-U-A06 y Matricula N' 999-U-A06,
Cuenta Corriente Catastral N" 15.1429.03 y 15.1429.04, con Matricula N" 4155-U-A06. Cuenta Corriente
Catastral N' 15.1429.05 del Distrito de Santísima Trinidad, Depañamento Central, que opera como puerto de
graneles, embarque de granos y aceite vegetal; en forma provisoria y hasta tanto queden firmes las sentencias
dictadas en la demanda contencioso-administrativa citadas en el considerando del presente decreto.
Que, el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones por Resolución N" 400 de fecha 07 de marzo de
2022, aúoriz: a la empresa Puerto Unión S.A. la renovación de la habilitación en forma temporal por el
termino de 5 (cinco) años de una Terminal Portuaria Privada ubicada en la margen izquierda del Río
Paraguay, Km 399.1 en los inmuebles con Matricula N' ll l2-U-A06, Cuenta Corriente Catastral No
14.1429.02, Matricula N" 998-U-A06 y Matricula No 999-U-A06, Cuenta Corriente Catastral No 15.1429.03 y
15.1429.04. con Matricula N' 4155-U-A06, Cuenta Corriente Catastral N' 15.1429.05 del Distrito de
Santísima Trinidad, Depafamento Central.
Que, la habilitación del Depósito Aduanero de Almacenamiento Público de Administración Privada se ha
autorizado por Resolución D.N.A. N' 104 de fecha 24 de enero del año en curso.
Que, para Ia atención de este pedido se ha requerido informe sobre la situación de las instalaciones del local e
igualmente Ia verificación de las conexiones del mismo al Sistema Informático SOFIA.
Que, la Dirección de Fiscalización, a través de la División de Fiscalización de Personas Vinculadas, se ha
constituido en el local en cuestión, conforme se señala en el Memorándum de fecha 0l de diciembre de 2022,
constatándose que el local cuenta con la infraestructura adecuada y los equipamientos necesarios para su
funcionamiento.
Que, por otra parte. Ia Administración stema Informático SOFIA informó en fecha 2l de diciembre de
ntca instalaciones informáticas de la firma y que se efectuaron
A. con oss Snos.
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bas de conexión al Sistema SO
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ADIJ¡NÁ(
2022, que se realizó la verificación

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