Acordada nº 380 de Corte Suprema de Justicia, 26 de Julio de 2005
Presidente | Antonio Fretes |
Fecha de Resolución | 26 de Julio de 2005 |
Emisor | Corte Suprema de Justicia |
En la ciudad de Asunci�n, Capital de la Rep�blica del Paraguay a los 26 d�as del mes de julio del a�o dos mil cinco, siendo las 12:30 horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excmo. Se�or P.D.A.F., la Excma. Se�ora Ministra Dra. A.B.P. de Correa, y los Excmos. Se�ores M.D.M.O.B.A., J.V.A., S.B., C�sar A.G., V�ctor M.N.R.�guez, W.R.G., Jos� Ra�l Torres Kirmser, ante m�, el Secretario autorizante;
DIJERON:
Que, por R.�n N� 1119 del 21 de agosto de 2.003 del Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia, se dispuso la creaci�n de la Mesa de Entrada en lo Civil y Comercial, cuyo sistema de operatividad consiste en el sorteo aleatorio de los juicios civiles y comerciales de competencia de los Juzgados de Primera Instancia de Asunci�n.
Que, el sistema requiere nuevas pautas de procedimiento para el ingreso y registro de exhortos, y otros procesos que no constituyen acciones judiciales (como r�brica de libros comerciales), y causas provenientes de Juzgados de Paz por v�a de recursos judiciales.
Que, asimismo, ante el hecho de que en el nuevo sistema de sorteo de causas, el demandante en los juicios civiles no podr� ejercer su derecho a recusar sin expresi�n de causa, o por causa no sobreviviente, en su primera presentaci�n, conforme lo dispone el art. 27 del C�digo Procesal Civil, es necesario aclarar y limitar el momento para el ejercicio de tal facultad.
Por tanto, la
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
ART. 1�.- ESTABLECER el sistema de turnos mensuales para los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, con relaci�n a los exhortos, r�brica de libros comerciales y otros procedimientos ajenos a los procesos judiciales, no jurisdiccionales, en la Circunscripci�n Judicial de Asunci�n, y en todas aquellas circunscripciones judiciales donde se implemente el sistema de sorteo aleatorio de causas en Mesa de Entrada en lo Civil y Comercial.
ACORDADA N�???????????????..
El turno comenzar� el primer d�a del mes y culminar� el �ltimo, y respecto de las secretar�as a la una corresponder� el turno del 1 al 15 y a la siguiente del 16 al �ltimo d�a del mes. El control del calendario y su cumplimiento estar� a cargo de la Mesa de Entrada en lo Civil y Comercial.
Igual procedimiento se utilizar� para los expedientes derivados en grado de apelaci�n por los Juzgados de Paz, para los cuales regir� la fecha de la resoluci�n recurrida a los efectos de la asignaci�n del Juzgado.
Durante la feria judicial atender�n dichas cuestiones los Juzgados de feria designados por la Corte Suprema de Justicia para atender las materias civiles y comerciales.-
ART. 2�.- ACLARAR que a partir de la entrada en funcionamiento de la Mesa de Entrada en lo Civil y Comercial, los demandantes podr�n ejercer el derecho a recusar sin causa o por causa no sobreviviente, dentro de los tres d�as de realizado el sorteo y ante la secretar�a sorteada.-
ART. 3�.- DEJAR sin efecto la Acordada N� 33 de fecha 21 de marzo de 1990, y los Art�culos 3�, 4�, 6� y 7� de la Acordada N� 97 del 21 de enero de 1987
ART. 4�.- ANOTAR, registrar, notificar.
Ante m�
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