Decreto No. 9210.- Por el cual se autoriza al Ministerio de Hacienda la modificación en la estimación de los ingresos de la administración central, la transferencia de créditos, el cambio de fuente de financiamiento, organismo financiador y la modificación de las cuotas de ingresos y gastos del Plan Financiero, aprobado por el Decreto No, 8577 del 22 de Febrero de 2018, dentro del presupuesto 2018 del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social

POR EL CUAL SE AUTORIZA AL MINISTERIO DE HACIENDA LA MODIFICACIÓN EN LA ESTIMACIÓN DE LOS INGRESOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL, LA TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS, EL CAMBIO DE FUENTE DE FINANCIA MIENTO, ORGANISMO FINANClADOR Y LA MODIFICACIÓN DE LAS CUOTAS DE INGRESOS Y GASTOS DEL PLAN FINANCIERO, APROBADO POR DECRETO N° 8577 DEL 22 DE FEBRERO DE 2018, DENTRO DEL PRESUPUESTO 2018 DEL MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTAR SOCIAL.

Asunción, 10 de julio de 2018

VISTO: La presentación efectuada por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, individualizada en el Ministerio de Hacienda como SIME M.H. N° 34.527/2018, en la que se solicita la modificación en la estimación de los ingresos de la Administración Central, la transferencia de créditos, el cambio de fuente de financiamiento, organismo financiador y la modificación de las cuotas de ingresos y gastos del Plan Financiero, aprobado por Decreto N° 8577 del 22 de febrero de 2018, dentro del Presupuesto 2018 de la citada entidad;

El Decreto N° 8577/2018, «Por el cual se aprueba el Plan Financiero y se establecen normas y procedimientos para la ejecución del Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2018, aprobado por la Ley N° 6026/2018»; y

CONSIDERANDO Que el Artículo 24 de la Ley N° 1535/1999, «De Administración Financiera del Estado», establece: «Transferencias de Créditos y cambio de fuente de financiamiento. Durante el proceso de ejecución presupuestaria, las transferencias de créditos se realizarán: a) por decreto del Poder Ejecutivo, cuando se trate de transferencias de crédito dentro de un mismo organismo o entidad del Estado;...El Poder Ejecutivo podrá autorizar por Decreto el cambio de la fuente de financiamiento previsto en el Presupuesto General de la Nación, cuando los recursos provenientes de ellas resultaren insuficientes para cubrir el gasto del rubro afectado».

Que el Artículo 69 del Anexo «A» (Guía de Normas y Procesos del PGN 2018) del Decreto N° 8452/2018, «Por el cual se reglamenta la Ley N° 6026 del 9 de enero de 2018, "Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2018"», estipula en su Inciso a): «Transferencias de 20/18/3570 créditos de un programa a otro programa: Que comprende transferencia de créditos, cambio de Fuentes de Financiamiento...

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