Acordada nº 1019 de Corte Suprema de Justicia, 17 de Noviembre de 2015
Presidente | Antonio Fretes |
Fecha de Resolución | 17 de Noviembre de 2015 |
Emisor | Corte Suprema de Justicia |
ACORDADA N° 1019
En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay a los diecisiete días del mes de noviembre del año dos mil quince, siendo las once horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excmo. S.P.D.A.F. y los Excmos. Señores Ministros Doctores, L.M.B.R., C.A.G., J.R.T.K., A.B.P. de Correa, M.O.B.A., S.B., G.E.B. de M. y M.P.C., ante mí, el Secretario autorizante;
D I J E R O N:
Que por Acordada 981 del 11 de agosto de 2015 se aprobó el Reglamento de Selección por Concurso Público para el Ingreso a la Corte Suprema de Justicia en los Cargos Vacantes de Consejeros/as del Consejo de Administración Judicial - CAJ del Poder Judicial.
Que, el Capítulo III – Procedimiento de Selección, numeral 21, segundo párrafo de la mencionada Acordada se dispuso que “…Los postulantes que siguen en concurso serán informados por la Oficina Técnica de Evaluación – Dirección General de recursos Humanos vía telefónica y mail acerca del lugar, día y hora en que se realizarán las entrevistas que deberán finalizar dentro del plazo de diez días hábiles…”.
En consideración a la importancia que revisten dichas entrevistas, es necesario modificar el plazo de diez días hábiles para la finalización de las mismas, disponiendo que desde su inicio, ellas deberán desarrollarse con 4 (cuatro) postulantes por día, hasta agotar la nómina respectiva.
Que, la Corte Suprema de Justicia tiene atribuciones para dictar todos los actos que sean necesarios para la mejor organización y eficiencia de la administración de justicia, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 3°, inc. b) de la ley N° 609/95.
Por tanto en uso de sus atribuciones;
LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
A C U E R D A:
Art. 1°.- Modificar el segundo párrafo del numeral 21 del Capítulo III – Procedimiento de Selección de la Acordada 981 del 11 de agosto de 2015, disponiendo que desde su inicio, las entrevistas deberán desarrollarse con 4 (cuatro) postulantes por día, hasta agotar la nómina respectiva.
Art. 2°.- Anotar, registrar, notificar.
Ante mí: