Acordada nº 724 de Corte Suprema de Justicia, 11 de Noviembre de 2011

PresidenteLuís María Benítez Riera
Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2011
EmisorCorte Suprema de Justicia

ACORDADA Nº 724


En la Ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay, a los once días del mes de octubre del año dos mil once, siendo las once horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Presidente Prof. Dr. L.M.B.R. y los Excelentísimos Señores Ministros Dr. R.T.K., Dr. V.M.N.R., Dr. S.B., Dr. A.F., Dr. C.A.G.Z., Dr. M.O.B. y las Excelentísimas Sras. Ministras Dra. A.B.P. de Correa y Dra. G.B. de Módica ante mí, el Secretario autorizante;


DIJERON:


Que, por Acordada Nº 69 de fecha 20 de noviembre de 1997, y Acordada Nº 72 de fecha 12 de Diciembre de 1997, previo estudio y análisis, convinieron respecto a la necesidad de emisión y puesta en vigencia de formularios especiales en cuyos términos se estableció que: a) la impresión de los formularios estaría a cargo del Departamento de Servicios Gráficos de la Institución, b) los costos serían determinados por la Corte Suprema de Justicia y sus recursos se aplicarían en la implementación de la reorganización de la Dirección General de los Registros Públicos, c) fijar los precios de los respectivos formularios para la venta al público.


Que, por Acordada Nº 129/99, de fecha 15 de octubre de 1999, la Corte Suprema de Justicia, autoriza la incorporación de nuevos formularios especiales para su utilización en la Dirección General de los Registros Públicos, declarando la vigencia y uso obligatorio de los mismos; asimismo la Resolución N° 1088, de fecha 17 de abril de 2007, el pleno de la C.S.J., consideró la necesidad de adecuar los instrumentos de control para la percepción y mayor control de las Tasas Judiciales, los mismos fueron elaborados conjuntamente con la Dirección General de los Registros Públicos y el Colegio de Escribanos del Paraguay, estableciendo para ello un nuevo clasificador de formularios a ser utilizados en las diferentes dependencias de la Dirección General de los Registros Públicos.


Que, por Acta Nº 23 de fecha 21 de julio del 2009, el pleno de la Corte Suprema de Justicia ha resuelto aprobar el Proyecto de Tercerización del Servicio de Percepción de Ingresos Judiciales con el objeto de mejorar el servicio de atención al usuario a través de la implementación del sistema de percepción apoyado en tecnologías ofrecidas actualmente en el mercado financiero. Esta resolución concuerda con la ley 2844/05 artículo 1º en la cual se establece que “la percepción de las tasas previstas en esta Ley, podrá ser efectuada por el Departamento de Ingresos Judiciales, dependiente de la Dirección Administrativa y otras entidades designada por la Corte Suprema de Justicia, con la fiscalización del Poder Judicial”.






ACORDADA Nº 724


Que, con la implementación del sistema de percepción, se realizarán las liquidaciones de tributos a través de la Red de Internet, por tanto; los formularios que posibilitan los procesos de autoliquidación, así como, los formularios especiales utilizados en las diferentes dependencias de la Dirección General de los Registros Públicos, puestos en vigencia por la Acordada Nº 69 de fecha 20 de noviembre de 1997, Acordada N° 129 de fecha 15 Octubre de 1999 y la Resolución N° 1088 de fecha 17 de Abril de 2007, estarán disponibles en formato electrónico; disponibilidad que permite dejar sin efecto la necesidad de imprimirlos y de cobrar por los mismos.


Por otro lado se deja sin efecto la Acordada Nº 72/97 y sus modificatorias, Acordada Nº 192 de fecha 13 de diciembre de 2000, Acordada N° 283 de fecha 25 de Setiembre de 2003, Acordada N° 284 de fecha 02 de Octubre de 2003 y la Resolución N° 610 de fecha 27 de Diciembre de 2005 ampliatorias, referente a la impresión y fijación de precios.


Que, por el Art. 3º inc. B) de la Ley 609/95 “Que organiza la Corte Suprema de Justicia” se atribuye a ésta instancia superior la facultad de dictar Acordadas y todos los actos que fueren necesarios para la mejor organización y eficiencia de la administración de justicia y por otra parte, el Plan Estratégico de Acción del Poder Judicial 2011-2015 que incorpora como meta el de “Fortalecer, transparentar y modernizar el Poder Judicial como actor principal para el logro de la seguridad jurídica en la República del Paraguay, en el marco de los derechos humanos”.


LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

ACUERDA



Art. 1º.- DEJAR sin efecto los artículos 3º, 4º, 5º, 6º y la autorización para imprimir los formularios especiales puestos en vigencia por Acordada Nº 69/97, como asimismo dejar sin efecto los Artículos 3º, 4º, 5º y la autorización para imprimir determinada por la Acordada Nº 129/99 a la Sección Servicios Gráficos de la Corte Suprema de Justicia.


Art. 2º.- DEJAR sin efecto la Acordada Nº 72/97 y sus modificatorias, en lo referente a la fijación de precios de venta al público de los formularios especiales para la utilización en los Registros Públicos.


Art. 3º.- AUTORIZAR la incorporación en formato digital en los Sistemas Informáticos Institucionales, los formularios especiales mencionados en la Acordada Nº 69/97, Acordada Nº 129/99 y la Resolución Nº 1088/07 a los cuales la ciudadanía podrá acceder a través de la página web del poder judicial. www.pj.gov.py.; u otros dominios habilitados y autorizados a tal efecto.


Art. 4º.- ESTABLECER la gratuidad de los formularios especiales mencionados en la Acordada Nº 69/97 y Acordada Nº 129/99, a partir del día 1 de diciembre de 2011.


ACORDADA Nº 724


Art. 5º.- DETERMINAR que los formatos de los formularios especiales objeto de la presente Acordada serán actualizados conforme a las instrucciones y requerimientos especificados por la Dirección General de los Registros Públicos, por resolución de la máxima instancia Institucional.


Art. 6º.- COMUNICAR al Departamento de Servicios Gráficos de la Corte Suprema de Justicia conforme a los dispuestos.


Art. 7º.- ANOTAR, registrar, notificar.


Ante mí:

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