Acordada nº 788 de Corte Suprema de Justicia, 23 de Octubre de 2012

PresidenteLuis María Benítez Riera
Fecha de Resolución23 de Octubre de 2012
EmisorCorte Suprema de Justicia

ACORDADA Nº 788


POR LA CUAL SE DEJA SIN EFECTO EL SEGUNDO APARTADO DEL ARTÍCULO 7º DE LA ACORDADA Nº 250/2002 QUE REGLAMENTA EL PAGO DE BONIFICACIONES Y GRATIFICACIONES POR RESPONSABILIDAD EN EL CARGO A FUNCIONARIOS DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.


En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil doce, siendo las once horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Presidente Dr. V.M.N.R., y los Excmos. Señores Ministros Doctores, J.R.T.K., A.B.P. de Correa, M.O.B.A., G.B. de M., S.B., L.M.B.R., A.F. y C.A.G., ante mí, el Secretario autorizante;


D I J E R O N:


Por Acordada Nº 250/2002 la Corte Suprema de Justicia resolvió reglamentar el pago de Bonificaciones y Gratificaciones por responsabilidad en el cargo a funcionarios de la Corte Suprema de Justicia. Igualmente, el segundo punto del artículo 7º de la citada normativa, prevé que los funcionarios y empleados dejarán de percibir la bonificación que se le hubiere asignado, por el resto del año fiscal si fueren sometidos a sumarios administrativos, salvo que la resolución recaída fuera absolutoria.

De lo citado precedentemente, se entiende que privar al funcionario o empleado del beneficio de la bonificación por la mera instrucción del sumario administrativo, podría generar la circunstancia en la que el funcionario sea sometido a sumario, pero continúe cumpliendo las funciones que le permiten el beneficio de la bonificación, por lo que privarle de éste sin que haya sido desafectado de las funciones que le hacen acreedor del beneficio, no es procedente. Por tanto, corresponde dejar sin efecto el segundo apartado del artículo 7º de la Acordada Nº 250/2002.

Que, la Corte Suprema de Justicia, tiene atribuciones para dictar las resoluciones necesarias para la mejor organización y eficiencia de la administración de justicia, con arreglo al Artículo 3°, inc b) de la Ley 609/95.

Por tanto;

LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

ACUERDA



Art. 1º.- DEJAR SIN EFECTO el segundo apartado del artículo 7º de la Acordada Nº 250/2002 que reglamenta el pago de Bonificaciones y Gratificaciones por responsabilidad en el cargo a funcionarios de la Corte Suprema de Justicia.


Art. 2º.- ANOTAR, registrar, notificar.





Ante mí:

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