Decreto No. 1995.- Por el cual se autoriza al Ministerio de Hacienda la transferencia de créditos y la modificación de las cuotas de gastos del plan financiero, aprobado por Decreto No. 1256,Vde fecha 11 de febrero de 2019, dentro del presupuesto 2019, del Ministerio del Interior

VISTO: La presentación efectuada por el Ministerio mi Interior individualizada en el Ministerio de Hacienda como Expediente SIME M.H. Nº 34.456/2019, en la que se solicita la transferencia de créditos y la modificación de las cuotas de gastos del Plan Financiero, aprobado por Decreto Nº 1256, del 11 de febrero de 2019, dentro del Presupuesto 2019, de la Secretaría de Estado recurrente;

El Decreto Nº 1256/2019, «Por el cual se aprueba el Plan Financiero y se establecen normas y procedimientos para la ejecución del Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2019, aprobado por la Ley Nº 6258/ 2019»; y

CONSIDERANDO: Que el Artículo 24 de la Ley Nº 1535/1999, «De Administración Financiera del Estado», establece:

Transferencias de Créditos y cambio de fuente de financiamiento. Durante el proceso de ejecución presupuestaria, las transferencias de créditos se realizarán: a) por decreto del Poder Ejecutivo, cuando se trate de transferencias de crédito dentro de un mismo organismo o entidad del Estado

.

Que el Artículo 20 de la Ley Nº 6258/2019, «Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2019» estipula: «Los incrementos de los Subgrupos de Objetos de Gastos 120, 130, 140 y 190 del Grupo 100, “Servicios Personales”, que se realicen por modificaciones presupuestarias, deberán estar financiados con los créditos asignados al mismo grupo. Se exceptuarán del párrafo anterior: la contratación de personal de apoyo de los programas de “Alimentación Escolar” y “Control Sanitario”, los proyectos de inversión financiados can recursos del crédito público y donaciones que requieran...

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