Decreto No. 3513.- Por el cual se prorroga por el término de sesenta (60) días corridos el plazo establecido en el artículo 3º del Decreto No. 3468, del 18 de marzo del 2020, «Por el cual se exoneran a las compañías aéreas que operan bajo la modalidad de vuelos regulares de transporte aéreo comercial nacional e internacional, del pago de las tasas de servicio de protección al vuelo, operaciones y estacionamiento de aeronaves que se encuentran contemplados en los capítulos de servicios de navegación aérea y servicios aeroportuarios del Decreto No. 8701/2012 y sus modificaciones a cargo de la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil – DINAC»

VISTO: La Nota P/D1NAC Nº 363/2020, del 24 de marzo del 2020, elevada por el Presidente de la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC) al Ministerio de Defensa Nacional, (Expediente Nº 821/2020); y

CONSIDERANDO: Que a través de la misma solicita la prórroga del Artículo 3º del Decreto Nº 3468, de fecha 18 de marzo de 2020, «Por el cual se exoneran ciertas tasas contempladas en los capítulos de servicios de navegación aérea y servicios aeroportuarios contempladas en el Decreto Nº 8701/2012, “Por el cual se fijan y actualizan las Tasas y Tarifas por la prestación de Servicios Aeronáuticos, Aeroportuarios, Meteorológicos y oros medios de recursos a cardo de la DINAC"», y sus modificaciones.

Que por Decreto 3442, de fecha 9 de marzo de 2020, «Por el cual se dispone la implementación de acciones preventivas ante el riesgo de expansión del Coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional».

Que atento a la recomendación emitida por la Organización Mundial de la Salud, que expresa: «Se alienta a los países a continuar fortaleciendo su preparación para Emergencias Sanitarias en conformidad con el Reglamento Sanitario Internacional», la Dirección General de Vigilancia ¡de la Salud, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social ha emitido una Alerta Epidemiológica Nº 01/2020, sobre el Coronavirus (COVID-19) que se propaga actualmente por varios países.

Que por Decreto Nº 3456, del 16 de marzo de 2020, se declara Estado de Emergencia Sanitaria en todo el territorio Nacional para el control del cumplimiento de las medidas sanitarias dispuestas en la implementación de las acciones preventivas ante el riesgo de expansión del Coronavirus (COVID-19).

Que por Decreto Nº 3458, de fecha 16 de marzo de 2020, se dispuso el cierre parcial y temporal de Puestos de Control Migratorio en Frontera, de acuerdo con el Anexo que forma parte de este Decreto, como medida ante el riesgo de expansión del Coronavirus (COVID-19), mientras dure el Estado de Emergencia Sanitaria declarado por el Decreto Nº 3456/2020.

Que por Decreto Nº...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR