Decreto No. 5172.- Por el cual se autoriza la ampliación del área prestacional a la junta de saneamiento de Capiatá, de la ciudad de Capiatá, departamento central, en el área libre de prestación

VISTO: El Memorandum N.º 228/2020, presentado por el Ministerio de Obras Publicas y Comunicaciones, me di ante el cual se solicita decreto del Poder Ejecutivo que amplia el area prestacional a la Junta de Saneamiento de Capiatd, de la ciudad de Capiaid, Departamenlo Central; y

CONSIDERANDO: Que la Ley N.º 1614/2000, ((General del marco regulatorio y tarifario del servicio publico de provision de agua potable y alcantarillado sanitaria para la Republica del Paraguay», en su articulo 6º, indica: «La tilularidad de la competencia para prestar el servicio sera siempre de naturaleza publica y corresponde al Estado paraguayo».

Que por Nolo N.º 398, de fecha 27 de mayo de 2020, de la presidenta del Comite de Administración del Ente Regulador de Servicios Sanitarias (ERSSAN), se remitio a la Direccion de Agua Potable y Saneamiento (DAPSAN), del Ministerio de Obras Publicas y Comunicaciones, la Resolucion N. 5, Acta N.º 763 del 6 de febrero de 2020, «Por la cual el Comite de Administración aprueba la ampliación del area prestacional a la Junta de Saneamiento de Capiatd, de la ciudad de Capiatd, Departamento Central», ademas de los antecedentes (ecnicos y administrativos, para proseguir con los trdmites correspondientes.

Que la resolución del Comite de Administración del ERSSAN ha sido dictada de conformidad con las disposiciones establecidos en el articulo 106 y concordantes, del Decreto N. 18.880/2002, por el cual se reglamenta la Ley N. 1614/2000.

Que por Memorandum DAPSAN N.º 173/2020, la Direccidn de Agua Potable y Saneamiento...

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