Decreto No. 9125.- Por el cual se autoriza al Ministeroi de Hacienda la transferencia de créditos y la modificación de las cuotas de gastos del plan financiero aprobado por el Decreto No. 8577 del 22 de febrero de 2018, dentro del presupuesto 2018 del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones
POR EL CUAL SE AUTORIZA AL MINISTERIO DE HACIENDA LA TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS Y LA MODIFICACIÓN DE LAS CUOTAS DE GASTOS DEL PLAN FINANCIERO APROBADO POR DECRETO N° 8577 DEL 22 DE FEBRERO DE 2018, DENTRO DEL PRESUPUESTO 2018 DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONES.
Asunción, de de 2018
VISTO: La presentación efectuada por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, individualizada en el Ministerio de Hacienda como SIME M.H. N° 40.480/2018, en la que se solicita la transferencia de créditos y la modificación de las cuotas de gastos del Plan Financiero, aprobado por Decreto N° 8577 del 22 de febrero de 2018, dentro del Presupuesto 2018 de la citada institución.
El Decreto N° 8577/2018, «Por el cual se aprueba el Plan Financiero y se establecen normas y procedimientos para la ejecución del Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2018, aprobado por la Ley N° 6026/2108»; y
CONSIDERANDO: Que el Artículo 24 de la Ley N° 1535/1999, «De Administración Financiera del Estado», establece:
Transferencias de Créditos y cambio de fuente de financiamiento. Durante el proceso de ejecución presupuestaria, las transferencias de créditos se realizarán: a) por decreto del Poder Ejecutivo, cuando se trate de transferencias de crédito dentro de un mismo organismo o entidad del Estado;...
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Que el Artículo 1° del Decreto N° 8452/2018, «Por el cual se reglamenta la Ley N° 6026/2018, “Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2018”», expresa: «Reglaméntase la Ley N° 6026 del 9 de enero de 2018, “Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2018” de conformidad a las normas y procedimientos dispuestos en el Anexo «A» “Guía de Normas y Procesos del PGN 2018... ”». Así mismo, el Artículo 43 del Anexo «A» (Guía de Normas y Procesos del PGN 2018) del citado Decreto, dispone: «El MH, a través de la SEAF, podrá modificar el PF aprobado de acuerdo a las modificaciones presupuestarias autorizadas, a las disposiciones del Decreto que aprueba el PF y a las Resoluciones emitidas por el MH o la SEAF; en los casos de ampliaciones necesarias conforme a las disponibilidades de recursos financieros de la Tesorería General, al resultado de la ejecución presupuestaria, al mejoramiento de las...
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