Decreto No. 9422.- Por el cual se objeta totalmente el Proyecto de Ley 7102/2023 «que modifica los artículos 187 y 192 de la Ley 1160/1997 'Código Penal', modificado por la Ley 3440/2008»

DECRETO Nº 9422

POR EL CUAL SE OBJETA TOTALMENTE EL PROYECTO DE LEY N.° 7102/2023 «QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 187 Y 192 DE LA LEY N.° 1160/1997 "CÓDIGO PENAL", MODIFICADO POR LA LEY N.° 3440/2008».

Asunción, 2 de julio de 2023

VISTO: El Proyecto de Ley N. 7102 «Que modifica los artículos 187 y 192 de la Ley N.° 1160/1997 "Código Penal", modificado por la Ley N° 3440/2008»„vancionado por el Honorable Congreso de la Nación el 11 de mayo de 2023 y remitido a la Presidencia de la República el 25 de mayo de 2023: y,

CONSIDERANDO: Que la Constitución consagra en su artículo 3°, entre otros caracteres republicanos del ejercicio del poder público, un esquema de gobierno basado en la coordinación y recíproco control, que deviene en uno de los fundamentos de la participación parcial del Poder Ejecutivo en la función creadora de las normas del sistema jurídico.

Que la Constitución de la República del Paraguay, en su artículo 238 (4), dispone que el presidente tiene la atribución de vetar, total o parcialmente, las leyes sancionadas por el Congreso, formulando las observaciones u objeciones que estime convenientes.

Que las motivaciones de la actuación del Poder Ejecutivo, en el marco del proceso de formación y sanción de las leyes, deben orientarse, sobre todo, al cumplimiento del ordenamiento jurídico, de conformidad con su deber prescripto por el artículo 238 (2) de la Constitución.

Que el proyecto de ley, puesto a consideración del Poder Ejecutivo, para su aprobación u objeción, tiene como objeto modificar los artículos 187 y 192 del Código Penal, preceptos que contemplan las figuras delictivas de «Estafa» y «Lesión de confianza», respectivamente.

Que con relación al articulo 187, la modificación consiste en plasmar las circunstancias que, en caso de concurrir, hacen más grave a la estafa y, por consiguiente, trae consigo un posible incremento de la sanción. Actualmente, el texto legal prescribe que la pena privativa de libertad puede ser aumentada «en los casos especialmente graves», quedando, de esa forma, en manos de los jueces la apreciación de elementos contingentes que influiríán en la determinación de la pena.

Que, el proyecto en cuestión plantea como casos puntuales que llevarían a considerar a una estafa como especialmente grave, cuando el autor o partícipe. «a sabiendas». (i) actúe comercialmente o como miembro de una organización integrada...

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