Mensaje del Poder Ejecutivo Nº 119 Ministerio de Hacienda, de Fecha 27 de Mayo de 2009, por el Cual Remite el Proyecto de Ley: que Aprueba el Convenio de Préstamo Nº 7710-Pa Proyecto de Modernización del Sector de Agua y Saneamiento, por Sesenta y Cuatro Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (U$s 64.000.0000.-), con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (Birf), del 27 de Abril de 2009, a Cargo de los Ministerios de Hacienda, de Obras Públicas y Comunicaciones (Mopc) y de Salud Pública y Bienestar Social (Mspbs) y la Empresa de Servicios Sanitarios del Paraguay Sociedad Anónima (Essap S.A); y Amplía el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2009, Aprobado por la Ley Nº 3.692 del 13 de Enero de 2009.

Año2009
Fecha de recepción27 Mayo 2009
Número de expedienteS-09585
Autor de la iniciativaMinisterio1. MINISTERIO DE HACIENDA
El Presidente de la Republica del Paraguay

Bicentenario de la Independencia Nacional: 1811 – 2011


El Presidente de la República del Paraguay


Asunción, 27 de mayo de 2009.-


Nº 119


Honorable Congreso de la Nación:


Con sumo agrado me dirijo a Vuestra Honorabilidad, con el fin de remitir, para su estudio y sanción, el Proyecto de Ley “Que aprueba el Convenio de Préstamo Nº 7710-PA “Proyecto de Modernización del Sector de Agua y Saneamiento”, por sesenta y cuatro millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 64.000.000.-), con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), fechado el 27 de abril de 2009, a cargo de los Ministerios de Hacienda (MH), de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) y de Salud Pública y Bienestar Social (MSPBS) y la Empresa de Servicios Sanitarios del Paraguay SA (ESSAP SA); y amplía el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2009, aprobado por la Ley Nº 3692 fechada el 13 de enero de 2009”.


La ampliación solicitada asciende a la suma total de veinte y dos mil trescientos setenta y un millones de guaraníes (G. 22.371.000.000.-), que afectará al presupuesto vigente de los Ministerios de Hacienda, por veinte mil cuatrocientos cinco millones de guaraníes (G. 20.405.000.000.-); de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), por un mil treinta y ocho millones de guaraníes (G. 1.038.000.000.-) y de Salud Pública y Bienestar Social (MSPBS), por novecientos veinte y ocho millones de guaraníes (G. 928.000.000.-), en las Fuentes de Financiamiento 10 Recursos del Tesoro y 20 Recursos del Crédito Público, provenientes del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF).


Al respecto, el Poder Ejecutivo se permite exponer al Honorable Congreso Nacional, las razones por las cuales se fundamenta la citada operación de préstamo con el BIRF:


El objetivo general del Proyecto es contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de la población y la salud pública en el país, medidos a través de indicadores especialmente diseñados para este propósito. El Proyecto incluye los siguientes componentes:


Componentes

BIRF

Local

Total

Monto

%

Monto

%

Monto

%

1. Apoyo a la Modernización del Sector Agua y Saneamiento

4.000.000

100,00

0,00

0,00

4.000.000

4,79

2. Agua y Saneamiento en el área Urbana

50.500.000

77,10

15.000.000

22,90

65.500.000

78,44

3. Servicios de agua y saneamiento sostenibles y educación en higiene para las zonas Rurales

9.500.000

67,86

4.500.000

32,14

14.000.000

16,77

Total

64.000.000

76,65

19.500.000

23,35

83.500.000

100,00



Las condiciones del préstamo son las siguientes:


Moneda del Préstamo

:

Dólares de los Estados Unidos de América

Préstamo

:

USD 64.000.000

Contrapartida Local

:

USD 19.500.000

Pari Passu

:

BIRF 76,65% y Contrapartida Local 23,35%

Fecha de Cierre

:

31 de marzo de 2015

Modalidad del Préstamo

:

Préstamos con Margen Fijo (PMF) con posibilidad de conversión de moneda, interés, adquisición de topes y bandas de tasa de interés

Plazo de Amortización

:

27 años incluyendo 8 años de gracia

Sistema de Amortización

:

Amortización del capital constante (Sistema Alemán)

Fechas de pagos

:

15 de abril y 15 de octubre de cada año (menor carga financiera de la Tesorería Nacional y ESSAP SA)


Tasa de interés

:

Variable semestral (podrá ser fijada según las opciones del Banco)

Comisión Inicial

:

0,25% sobre el Préstamo, pagadero de una sola vez a más tardar a los 60 días de la vigencia del Convenio de Préstamo

Plazo para Vigencia

:

90 días de la firma del Convenio, y no más tarde que 180 días de la aprobación del Préstamo por el Banco (aprobado por el Directorio Ejecutivo del Banco el martes 14 de abril de 2009)



Que la Ley Nº 3.692/2009, “Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2009”, en su Artículo 12° dispone: “Toda solicitud de ampliación presupuestaria presentada al Congreso Nacional, deberá estar sustentada en la demostración fehaciente de la existencia de los ingresos adicionales por fuente de financiamiento. Estos ingresos adicionales deberán ser suficientes para financiar las ampliaciones solicitadas, y deberán contar con un informe técnico sobre la generación de ingresos adicionales y la razonabilidad del aumento de los gastos por las dependencias competentes de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera y Subsecretaría de Estado de Economía e Integración del Ministerio de Hacienda”.


Asímismo, la citada Ley de Presupuesto, en su Artículo 13° establece: “Las ampliaciones presupuestarias financiadas con Fuente de Financiamiento 10 (Recursos del Tesoro), no serán atendidas en el presente Ejercicio Fiscal a excepción de aquellas que resulten de un mejoramiento en la recaudación tributaria, que impliquen ingresos adicionales que sean suficientes para financiar las ampliaciones solicitadas. En todos los casos, las solicitudes de ampliación se realizarán a partir del cierre del primer trimestre, con salvedad de aquellas que tengan como finalidad atender situaciones de emergencia nacional, tales como desastres o eventos considerados de calamidad pública y el servicio de la deuda pública, de conformidad a las disposiciones legales vigentes en la materia”.


Por lo expuesto y por las razones que Vuestra Honorabilidad podrá apreciar, y por considerar que la presente operación de préstamo responde a una alta prioridad nacional, el Poder Ejecutivo os solicita su aprobación por Ley de la Nación, de conformidad a las disposiciones contenidas en el Artículo 202, numerales 9 y 10, concordante con el Artículo 238, numeral 12) de la Constitución Nacional vigente; así como la ampliación presupuestaria correspondiente al presente ejercicio fiscal, conforme al Artículo 23 de la Ley Nº 1535/99 “De Administración Financiera del Estado”, modificado por la Ley Nº 1954 de fecha 30 de julio de 2002 y la Ley N° 3692 del 13 de enero de 2009, “ Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2009” y sus reglamentaciones pertinentes.


Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.



Fernando Lugo Méndez

Presidente de la República del Paraguay


Dionisio Borda

Ministro de Hacienda



A Su Excelencia

Don Enrique González Quintana

Presidente de la Honorable Cámara de Senadores

y del Congreso de la Nación

Palacio Legislativo

Ciudad

QUE APRUEBA EL CONVENIO DE PRÉSTAMO Nº 7710-PA “PROYECTO DE MODERNIZACIÓN DEL SECTOR DE AGUA Y SANEAMIENTO” POR SESENTA Y CUATRO MILLONES DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 64.000.000.-), CON EL BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), FECHADO EL 27 DE ABRIL DE 2009, A CARGO DE LOS MINISTERIOS DE HACIENDA, DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONES (MOPC) Y DE SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR SOCIAL (MSPBS) Y LA EMPRESA DE SERVICIOS SANITARIOS DEL PARAGUAY SA (ESSAP SA); Y AMPLÍA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2009, APROBADO POR LA LEY Nº 3692 FECHADA EL 13 DE ENERO DE 2009.


EL HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y:


Art. 1°.- Apruébase el Convenio de Préstamo Nº 7710-PA “Proyecto de Modernización del Sector de Agua y Saneamiento”, por sesenta y cuatro millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD 64.000.000.-), con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), fechado el 27 de abril de 2009, a cargo de los Ministerios de Hacienda (MH), de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) y de Salud Pública y Bienestar Social (MSPBS) – Servicio Nacional de Saneamiento Ambiental (SENASA) y la Empresa de Servicios Sanitarios del Paraguay SA (ESSAP SA), conforme al anexo que se adjunta...

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