Proyecto de Ley: que Declara Como Área Silvestre Protegida bajo Dominio Privado, Al Area Denominada Marino Correspondiente a la Finca Nº 30, Padrón Nº 61, del Distrito de Curuguaty, Departamento de Canindeyú, Propiedad de la Firma Campos Morombi Sociedad Anónima Comercial y Agropecuaria

Año2012
Número de expedienteD-1223816
Fecha de recepción19 Junio 2012
Autor de la iniciativa1. Dip. Oscar Luis TUMA - P.UNACE 2. Dip. Victor Raúl Abderrada YAMBAY - P.UNACE
Asunción, 27 de Enero de 2010




Congreso Nacional

Honorable Cámara de Diputados

Visión: “Poder Legislativo con compromiso ético y social orientado a brindar un servicio de excelencia”



Asunción, 18 de junio de 2012


SEÑOR

DIP. NAC. VÍCTOR ALCIDES BOGADO GONZÁLEZ

PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS

E. S. D.



De mi mayor consideración:


Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Honorabilidad y por su digno intermedio, a los demás miembros de este Alto Cuerpo Legislativo, con el objeto de presentar el Proyecto de Ley: “QUE DECLARA COMO ÁREA SILVESTRE PROTEGIDA BAJO DOMINIO PRIVADO, AL AREA DENOMINADA “MARINO” CORRESPONDIENTE A LA FINCA Nº 30, PADRÓN Nº 61, DEL DISTRITO DE CURUGUATY, DEPARTAMENTO DE CANINDEYÚ, PROPIEDAD DE LA FIRMA CAMPOS MOROMBI SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL Y AGROPECUARIA”.

EXPOSICION DE MOTIVOS


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


El área denominada “Marino”, propuesta como área silvestre protegida a ser integrante del sistema Nacional de Áreas silvestres protegidas (Ley 352/94Ley de Áreas Silvestres Protegidas) presenta importantes elementos que ayudarían a contribuir con el fortalecimiento de los objetivos nacionales de conservación del Plan Estratégico del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas – SINASIP, contribuyendo a:

- Mantener grandes áreas del territorio nacional como muestra de cada región biogeográfica del país en un estado de poca o ninguna alteración a fin de asegurar la continuidad de los procesos evolutivos, incluyendo la migración animal y el flujo genético.


- Mantener ejemplos de las distintas características de todos los tipos de comunidades naturales, los paisajes y las formas fisiográficas a fin de proteger la diversidad única y representativa del país y particularmente para asegurar la función de la diversidad natural en la regulación del medio ambiente.


- Mantener protegidos los materiales genéticos como elementos de las comunidades naturales evitando la pérdida de especies de plantas y animales.

- Organizar y enfocar acciones bajo el concepto de desarrollo sustentable prestando interés particular a la creación de oportunidades estables de trabajo y que parte de los beneficios económicos y de otra índole, derivados del manejo y desarrollo de las Áreas silvestres Protegidas, se reviertan adecuadamente en las comunidades ubicadas en las zonas de amortiguamiento.


- Promover y participar en la restauración de áreas degradadas, particularmente en la zona de amortiguamiento de las Áreas Silvestres Protegidas, e incentivar para que dichas áreas no sean asignadas a actividades productivas que incrementen su degradación a niveles de irreversibilidad.


- Controlar y evitar la erosión y sedimentación, especialmente en los lugares relacionados directamente con las inversiones que se realicen en las porciones inferiores de los ríos.


- Mantener bajo protección parte de las cuencas hidrográficas importantes del país asegurando el flujo y la calidad de agua.


- Mantener bajo protección importantes recursos de flora y fauna silvestre.


- Proporcionar oportunidades para la recreación al aire libre en forma constructiva y saludable para las residentes locales, los connacionales y visitantes del exterior, de manera que sirvan como polos a un desarrollo ecoturístico, que se base preferentemente en las características naturales y culturales del país.


- Proteger la cobertura vegetal para que cumpla su papel en la regulación del medio ambiente.


Ante dicha consigna de conservación es primordial la preservación de la parcela con cobertura boscosa denominada Marino.

Uno de los objetivos de la visión de biodiversidad es la conexión de remanentes boscosos aún existentes, de manera a asegurar la supervivencia de las especies que se encuentran amenazadas por pérdida vital. La habilitación de nuevas áreas tanto para asentamientos humanos y actividades agropecuarias dañaría profundamente a la Reserva Natural Morombi, más aun que ella se haría a expensas del bosque, y el tipo de suelo es frágil para soportar esta clase de actividad.

Entre los rasgos relevantes que presenta el área se encuentra la existencia de nacientes de arroyos que integran la cuenca de los ríos Curuguaty –y, Itambey y las muestras representativas de ecosistemas (esteros, bosques altos, bosque ribereño, etc).

Hacia el sureste de Morombi, existe una porción de aproximadamente 5.000 hectáreas, que cuenta con el seguimiento de la organización ambientalista Alter Vida, que estaría promoviendo la creación de un Área de reserva de 4.200 hectáreas, que lindaría con los bosques de la Reserva Natural Morombi.

Con la Reserva Natural Morombi, y de concretarse la declaración como Area Silvestre Protegida, la propiedad denominada “Marino” se estaría comenzando a confirmar y afirmar unas de las metas más importantes de conservación de la Región Oriental, conformando una estructura sólida de un corredor biológico real y viable con lo cual podríamos comenzar a vislumbrar el inicio de consolidar el corredor biológico más importante de mayor contribución al flujo genético entre Morombi y la Reserva Mbaracayu, meta de importancia internacional para la conservación el ecosistema denominado BAAPA apoyado por la WWF Internacional tarea a la que se hallan abocadas organizaciones de los tres países Paraguay, Argentina y Brasil.

Siendo la Reserva Morombi considerada por la WWF como una de sus Áreas Núcleo fundamentales para la conservación, dentro de la región del Bosque Atlántico Alto Paraná (BAAPA) anteriormente denominado como BAI la parcela boscosa Marino se hallaría dentro de la misma categoría de protección e importancia internacional al conjugarse como una unidad con la Reserva Natural Privada Morombi.

Esta zona se encontraría dentro del Departamento de Canindeyú. Cabe señalar que después de la Guerra de la Triple Alianza, las tierras que ocupan el Departamento de Canindeyú fueron vendidas a la firma La Industrial Paraguaya S.A. en remate efectuado en 1883 y 1885. En la década de 1950, sus propietarios comenzaron a lotear y vender sus posesiones territoriales.

La superficie boscosa abarcaba a 669.964 has. hasta 1984. En el año 1991, la depredación alcanzó 301.528 Has., lo que representa 43.077 has. deforestadas por año.

Entre los bosques que se encuentran en “plan” de invasión con fines de destrucción figura la Reserva de la Biósfera del Mbaracayú, declarada como tal por la UNESCO y administrada por la fundación Moisés Bertoni. El área boscosa de 64.406 hectáreas se encuentra en la localidad de Villa Ygatimi, a 375 kilómetros de Asunción. Está protegida a perpetuidad mediante un convenio internacional y por Ley Nº 112/91. Varias áreas ya fueron destruidas por plantadores furtivos de marihuana.

En similar situación, se encuentra la Reserva Natural Privada MOROMBI, de unas 25.000 hectáreas de bosque y aproximadamente cerca de 10.000 hectáreas de humedales, que fue reconocida con Área Silvestre Protegida por Decreto del Poder Ejecutivo Nº 14.910/2001. Desde hace varios años, esta Reserva está constantemente atacada por los autodenominados “sintierras” para ocupación y destrucción. La propiedad abarca los departamentos de Caaguazú, Alto Paraná y Canindeyú.

Cumpliendo los objetivos de las Leyes medioambientales, es de interés público y social la protección, la conservación, el mejoramiento y sobre todo, el acrecentamiento de los recursos forestales. La conservación de este remanente boscoso contribuiría a incorporar más tierras que puedan mantener la vegetación forestal, lo cual es beneficioso para la República del Paraguay.

Las poblaciones de mamíferos, aves, reptiles, anfibios y peces disminuyeron 28% entre 1990 y 2008, el planeta Tierra perdió 13 millones de hectáreas de bosques entre 1990 y 2000, la deforestación constituye la tercera causa de emisión de CO2 a nivel mundial, conforme se está actualmente debatiendo en la Cumbre RIO+20 (Conferencia de Naciones Unidas sobre Desarrollo Sustentable) en la ciudad de Río de Janeiro.

Esto constituye una causa más para la preservación y conservación del Bosque Atlántico del Alto Paraná (BAAPA), dentro del cual se encuentra la parcela Marino.

ANTECEDENTES DE LA PROPIEDAD

El área denominada “Marino” se encuentra dentro de la Finca Nº 30, Padrón Nº 61, del Distrito de Curuguaty, que es propiedad de la firma Campos Morombi S.A.C. y A., la cual la adquirió de la firma La Industrial Paraguaya S.A. mediante juicio de Usucapión, donde el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de la Niñez y Adolescencia de Curuguaty dictó la S.D. Nº 97 del 21 de diciembre de 2005, por la cual se adjudicó la citada propiedad a Campos Morombi S.A.C. y A., que cuenta con una superficie de 1.748 has. 1.108 m2 con 6.200 cm2.

Este juicio se inició tras una posesión de más de 36 años de posesión continua e ininterrumpida de la propiedad por parte de Campos Morombi S.A.C. y A. la transferencia del inmueble se hizo de una sociedad de derecho privado (La Industrial Paraguaya S.A.) a otra sociedad de derecho privado (Campos Morombi S.A.C. y A.).



En el citado juicio de usucapión, la firma Campos Morombi S.A.C. y A. aclaró que reclamaba la propiedad exclusivamente para fines ambientales, a fin de incorporarla a la Reserva Natural Privada Morombi, lo cual también fue aclarado en la sentencia judicial mencionada.

Al inicio de dicho juicio, el Juzgado de Primera Instancia de Curuguaty, por Oficio Nº 137 del 6 de junio de 2005, comunicó a la SEAM que autorizaba a la firma Campos...

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