Resolución nº 422 de Corte Suprema de Justicia, 29 de Junio de 2005

Fecha de Resolución29 de Junio de 2005
EmisorCorte Suprema de Justicia

A., 29 de junio de 2005.-

VISTA: La Resolución Nº 400 del 08/06/2005 de la Corte Suprema de Justicia, por la cual se adjudicaron los usufructos de registros notariales de distintas localidades de la República, en consideración de los resultados del Sexto Concurso de Oposición de Notarios Públicos convocado por Resolución Nº 287 del 09/02/2005 de la Corte Suprema de Justicia; y

CONSIDERANDO

Que en la misma se han declarado desiertas las adjudicaciones de usufructos de Registros Notariales correspondientes a las localidades de P.J.C. e Ypehú; y que, asimismo, en el Sexto Concurso no se han presentado postulantes para Concepción, San Bernardino e Itacurubí de la Cordillera, o no han alcanzado el puntaje mínimo requerido en el examen escrito para la habilitación del examen oral para las localidades de Guarambaré, Atyrá, P.C., Tobatí, y P..

Que el art. 2º de la Ley Nº 1298/98 faculta a la Excma. Corte Suprema de Justicia a distribuir los registros creados por esta ley en atención a las necesidades de la población, así como trasladar los Registros Notariales existentes a petición de parte.

Que en tal sentido la Corte Suprema de Justicia considera pertinente disponer la redistribución de los siguientes registros notariales: Registro Notarial Nº 1151 correspondiente a P.J.C., a la ciudad de Caaguazú, Departamento de Caaguazú. Registro Notarial Nº 1153 correspondiente a Ypehú, a la ciudad de F. de la Mora, Departamento Central. - Registro Notarial Nº 1156 correspondiente a I. de la Cordillera, a la ciudad de Ñemby, Departamento Central. Registro Notarial Nº 1157 correspondiente a Guarambaré, a la ciudad de V.E., Departamento Central. Registro Notarial Nº 1158 correspondiente a C., a la ciudad de Edelira, Departamento de Itapúa. Registro Notarial Nº 1159 correspondiente a Atyrá, a la ciudad de San Pedro del Paraná, Departamento de Itapúa. Registro Notarial Nº 1160 correspondiente a Pozo Colorado, a la ciudad de Pirapó, Departamento de Itapúa. Registro Notarial Nº 1161 correspondiente a Tobatí, a la ciudad de Itauguá, Departamento Central. Registro Notarial Nº 1162 correspondiente a S.B., a la ciudad de Ypacaraí, Departamento Central. Registro Notarial Nº 1163 correspondiente a P. a la ciudad de General D., Departamento de Itapúa.

Que una de las condiciones requeridas para el ejercicio de la función de Notario Público es aprobar un Concurso de Oposición, de conformidad con el art. 102, inciso f, de la Ley Nº 2335/03. Que el art. 1º de la Ley Nº 903/96, modificatoria del art. 99, de la Ley Nº879/81 Código de Organización Judicial, en su última parte dispone: "Que los notarios obtendrán el usufructo de Registros Públicos de la Corte Suprema de Justicia".

Que la Ley Nº 2335/03, modificatoria de las leyes Nº 879/81 y 903/95, en su artículo 1º establece que los notarios y escribanos públicos son depositarios de la fe pública notarial y ejercerán sus funciones como notario titular de un registro notarial dentro de la demarcación geográfica departamental a la cual pertenece su registro notarial.

Que en consecuencia, con el objeto de cubrir las vacancias de los registros notariales citados, corresponde la asignación de los usufructos de los mencionados registros a quienes siguen en el orden de puntuación en la escala de ponderación para el Sexto Concurso de Oposición, para dichos asientos o de localidades cercanas departamentales, de conformidad con lo prescripto en la Acordada Nº 333 del 01/11/2004, tanto respecto al examen escrito habilitante, la calificación del examen oral y la puntuación de méritos y aptitudes de los postulantes.

Que asimismo, el N.P. G.A.E.M. por haber sido confirmado en su cargo de Juez de Paz de J.D.C., presentó renuncia al Registro Notarial Nº 1145 del Distrito de Caazapá que le fuera adjudicado por la Resolución Nº 400 del 08/06/2005 de la Corte Suprema de Justicia, por lo que corresponde la adjudicación al que le sigue en el orden de puntuación en dicha localidad, N.P.V.H.V.P..

Por tanto, la

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

RESUELVE

ART. 1º.- DISPONER la redistribución de los siguientes registros notariales:

- Registro Notarial Nº 1151 correspondiente a P.J.C., a la ciudad de Caaguazú, Departamento de Caaguazú.

- Registro Notarial Nº 1153 correspondiente a Ypehú, a la ciudad de F. de la Mora, Departamento Central.

- Registro Notarial Nº 1156 correspondiente a I. de la Cordillera, a la ciudad de Ñemby, Departamento Central.

- Registro Notarial Nº 1157 correspondiente a Guarambaré, a la ciudad de Areguá, Departamento Central.

- Registro Notarial Nº 1158 correspondiente a C., a la ciudad de Edelira, Departamento de Itapúa.

- Registro Notarial Nº 1159 correspondiente a Atyrá, a la ciudad de San Pedro del Paraná, Departamento de Itapúa.

- Registro Notarial Nº 1160 correspondiente a Pozo Colorado, a la ciudad de Pirapó, Departamento de Itapúa.

- Registro Notarial Nº 1161 correspondiente a Tobatí, a la ciudad de Itauguá, Departamento Central.

- Registro Notarial Nº 1162 correspondiente a S.B., a la ciudad de Ypacaraí, Departamento Central.

- Registro Notarial Nº 1163 correspondiente a P.. a la ciudad de General D., Departamento de Itapúa.

ART. 2º.- ADJUDICAR el usufructo de los siguientes Registros Notariales a las siguientes notarias públicas de conformidad con los resultados del Sexto Concurso de Oposición para adjudicación de usufructos de registros notariales:

- Registro Notarial Nº 1151 de Caaguazú, Departamento de Caaguazú, a la Notaria Pública María del P.G.S..

- Registro Notarial Nº 1153 de F. de la Mora, Departamento Central, a la Notaria Pública F.M.L.R.R..

- Registro Notarial Nº 774 de Santa Rosa del Mbutuy, Departamento de Caaguazú, a la Notaria Pública M.G.E. de Rodríguez

- Registro Notarial Nº 1156 de Ñemby, Departamento Central, a la Notaria Pública G.M.G.P.R.

- Registro Notarial Nº 1157 de Areguá, Departamento Central, a la Notaria Pública M.V.P.M..

- Registro Notarial Nº 1158 de Edelira, Departamento de Itapúa, a la Notaria Pública María Concepción Rotela de P..

- Registro Notarial Nº 1159 de la ciudad de San Pedro del Paraná, Departamento de Itapúa, a la Notaria Pública R.A.M.R..

- Registro Notarial Nº 1160 de la ciudad de Pirapó, Departamento de Itapúa, a la Notaria Pública N.K.M..

- Registro Notarial Nº 1161 de la ciudad de Itauguá, Departamento de Central, a la Notaria Pública S.K.S.C..

- Registro Notarial Nº 1162 de la ciudad de Ypacaraí, Departamento de Central, a la Notaria Pública M.E.V. de G..

- Registro Notarial Nº 1163 de General D., Departamento de Itapúa, a la Notaria Pùblica Patricia Elizabeth Andino Báez

Art. 3º: DEJAR SIN EFECTO la adjudicación del Registro Notarial Nº 1145 de Caazapá al N.P.G.A.E.M., por renuncia, y en consecuencia adjudicar el mencionado Registro Notarial a quien le sigue en el orden de puntuación en dicha localidad, N.P.V.H.V.P..

Art. 4º: FIJAR el día lunes 4 de julio del año 2005, para el juramento de rigor de los Notarios Públicos cuyos Registros Notariales les han sido adjudicados por la Resolución Nº 400 del 08 de junio de 2005 y por la presente Resolución.

ART. 5º.- ANOTAR, registrar, notificar.

Ante mí:

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