Decreto No 1326. Se incorpora al ordenamiento juridico nacional la resolucion del grupo Mercado Comun del Mercosur No 32/07,reglamento tecnico Mercosur sobre lista positiva de aditivos para materiales plasticos destinados a la elaboracion de envases y equipamientos en contacto con alimentos (derogacion de la res. GMC No 95/94 Y 50/01) Y se deroga parcialmente los decretos No 17056/1997 y 8064/2006.-
VISTO: La presentación realizada por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, mediante la cual se solicita la incorporación al ordenamiento jurídico nacional de la Resolución del Grupo Mercado Común MERCOSUR Nº 32/07, «Reglamento Técnico MERCOSUR sobre “Lista Positiva de Aditivos para Materiales Plásticos destinados a la Elaboración de Envases y Equipamientos en Contacto con Alimentos ” (Derogación de las Res. GMC Nº 95/94 y 50/01)»;
La Constitución Nacional de la República del Paraguay;
El «Tratado de Asunción para la Constitución de un Mercado Común», suscripto entre los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay; aprobado por Ley Nº 9/1991, con instrumento de ratificación depositado el 6 de agosto de 1991;
El «Protocolo Adicional al Tratado de Asunción sobre la Estructura Institucional del MERCOSUR - Protocolo de Ouro Preto», suscripto entre los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay; aprobado por Ley Nº 596/1995, con instrumento de ratificación depositado el 12 de setiembre de 1995;
La Ley Nº 836/1980, «Código Sanitario»;
Ley Nº 1032/1996, «Que crea el Sistema Nacional de Salud»;
El Decreto Nº 21.376/1998, «Por el cual se establece la nueva organización funcional del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social»;
El Decreto Nº 4600/2010, «Por el cual se reglamentan las formas mediante las cuales el Poder Ejecutivo, los Ministerios del mismo y las Secretarías de ki Presidencia de la República ejercen sus competencias y atribuciones»;
El Decreto Nº 17.056/1997, «Por el cual se dispone la vigencia en la República del Paraguay de las Resoluciones adoptadas por el Grupo Mercado Común del MERCOSUR referentes a Reglamentos Técnicos»;
El Decreto Nº 8064/2006, «Por el cual se dispone la vigencia en la República del Paraguay de las Resoluciones adoptadas por el Grupo Mercado Común del MERCOSUR referentes al SGT Nº 3 Normas Técnicas»;
La Resolución del Grupo Mercado Común del MERCOSUR Nº 32/07, «Reglamento Técnico MERCOSUR sobre “Lista Positiva de Aditivos para Materiales Plásticos destinados a la Elaboración de Envases y Equipamientos en Contacto con Alimentos ” (Derogación de las Res. GMC Nº 95/94 y 50/01)»; y
CONSIDERANDO: Que el Artículo 68, de la Constitución Nacional, «Del Derecho a la Salud», establece: «El Estado protegerá y promoverá la salud como derecho fundamental de la persona y en interés de la comunidad».
Que en el Artículo 238, Numeral 3), de la Constitución Nacional se establece que son atribuciones del Presidente de la República, reglamentar las leyes y controlar su cumplimiento.
Que la República del Paraguay es...
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