PROYECTO-363701 - Segundo trámite constitucional - Mensaje de modificaciones a Camara de Origen - CAMARA DE SENADORES
Fecha | 10 Mayo 2007 |
Etapa | Segundo trámite constitucional - Mensaje de modificaciones a Camara de Origen - CAMARA DE SENADORES |
LEY Nº……….-
QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 191 DE LA LEY Nº 879/81 “CÓDIGO DE
ORGANIZACIÓN JUDICIAL”.
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EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º Modifícase el Artículo 191 de la Ley Nº 879 del 2 de diciembre de 1981 “Código de Organización Judicial”, que queda redactado de la siguiente manera:
“Art. 191.- Los requisitos para ser miembro de la Corte Suprema de Justicia son los establecidos en la Constitución Nacional, para las demás magistraturas se requerirá:
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para ser miembro de los Tribunales de Apelación y Tribunal de Cuentas: edad mínima de treinta y cinco años, título de abogado otorgado por una universidad pública o privada, nacional o extrajera debidamente revalidado, haber ejercido efectivamente la profesión, una magistratura judicial o la cátedra universitaria en materia jurídica durante cinco años cuanto menos, conjunta, separada o alternativamente;
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para ser juez de primera instancia: título de abogado, edad mínima de treinta años y haber ejercido la profesión de abogado, o una magistratura judicial por el término de cinco años, o la cátedra universitaria en materia jurídica durante cinco años cuanto menos, conjunta, separada o alternativamente;
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para ser juez de paz letrado, juez de instrucción y miembro del Ministerio de la Defensa Pública: edad mínima de veinticinco años y título de abogado; y,
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para ser juez de paz: edad mínima de veinticinco años y título de abogado.
Además de estos requisitos para el nombramiento en la magistratura judicial, será necesaria reconocida honorabilidad, nacionalidad paraguaya y haber cumplido con los requisitos exigidos por la Ley “Que Organiza el funcionamiento del Consejo de la Magistratura”.
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE CAMARA DE SENADORES DE LA NACION, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL SIETE.
Arsenio Ocampos Velázquez...
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