Acordada nº 185 de Corte Suprema de Justicia, 15 de Septiembre de 2000

PresidenteCarlos Fernández Gadea
Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2000
EmisorCorte Suprema de Justicia

En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay, a los quince días del mes de setiembre del año dos mil, siendo las 10:00 horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos del Corte Suprema de Justicia, el Excmo. S.P.D.C.F.G., y los Excmos. Señores Ministros D.E.A., J.I.B., L.L.C., F.S.P., W.R.G., B.R.Á., R.S.B. y E.A.S.E., ante mí, la Secretaria autorizante;

DIJERON:

Que la Acordada 85/99 en la que se normaliza la descentralización administrativa y los requerimientos de la Corte Suprema de Justicia para modernizar la Gestión Administrativa con el fin de lograr un mayor nivel de eficiencia operacional en la atención a las necesidades de los ámbitos jurisdiccionales del Poder Judicial.

Que, en el marco de la racionalización de los procesos administrativos y en especial en función de los requerimientos operativos que se derivan de la aplicación de los procedimientos descentralizados de administración y finanzas, y de recursos humanos.

Y en conformidad con el artículo 3° inc. b) de la ley 609/95 "Que organiza la Corte Suprema de Justicia" y que dice "Dictar su propio Reglamento Interno, las Acordadas y todos los actos que fueren necesarios para la organización y eficiencia de la Administración de Justicia, la

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

ACUERDA

Art. 1°.: Conformar en cada Circunscripción Judicial del Interior el Consejo de Administración, integrado por tres Miembros de los Tribunales de Apelaciones.

Para aquellas Circunscripciones que tengan una Sala de Apelaciones los cargos se distribuirán de la siguiente forma:

Art. 2°.: Designar al P. de la Circunscripción, como Presidente del Consejo de administración de la Circunscripción, que durará en sus funciones 6 meses, como lo resuelve la Acordada N° 25/96.

Art. 3°.: Designar al Magistrado Miembro de Sala, que no ejerza, durante el año presupuestario la función de Presidente de la Circunscripción, ni P. de S., como habilitado Pagador por el término de un año.

Para aquellas Circunscripciones que tengan dos o más Salas de Apelaciones los cargos se distribuirán de la siguiente forma:

Art. 4°.: Designar al P. de la Circunscripción, como Presidente del Consejo de Administración de la Circunscripción, que durará en sus funciones 6 meses, como lo resuelve la Acordada N° 25/96.

Art. 5°.: Designar a un Magistrado Miembro de S., que no ejerza durante el semestre la función de Presidente de la Circunscripción, ni de P. de su Sala, como miembro del Consejo de Administración de la Circunscripción, que durará un año en sus funciones.

Art. 6°.: Designar un habilitado Pagador, por el término de un año, al Magistrado Miembro de S., que durante el año presupuestario no ejerza funciones de Presidente de la Circunscripción, ni de Presidente de Salas para asumir las funciones de Habilitado Pagador de un año a otro.

Art. 7°.: El manual de funciones del Consejo de Administración de la Circunscripción se aprobará por resolución de Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia.

Art. 8°.: A., comuníquese y archívese.

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