Decreto No. 8304.- Por el cual se establecen regulaciones sobre la inscripción obrero patronal, presentación de planillas laborales, comunicaciones y transmisión de datos y documentos electrónicos ante la autoridad administrativo del trabajo; se autoriza al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a implementar la regularización de la insripción obrero patronal y presentación de planillas; y se abrogan el decreto No. 580 de fecha 21 de octubre de 2008 y el Decreto No. 919 de fecha 12 de diciembre de 2013

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Decreto N° 8304

POR EL CUAL SE ESTABLECEN REGULACIONES SOBRE LA INSCRIPCIÓN OBRERO PATRONAL, PRESENTACIÓN DE PLANILLAS LABORALES, COMUNICACIONES Y TRASMISIÓN DE DATOS Y DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS ANTE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DEL TRABAJO; SE AUTORIZA AL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL A IMPLEMENTAR LA REGULARIZACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN OBRERO PATRONAL Y

PRESENTACIÓN DE PLANILLAS; Y SE ABROGAN EL DECRETO N° 580 DE FECHA 21 DE OCTUBRE DE 2008 Y EL DECRETO N° 919 DE FECHA 12 DE DICIEMBRE DE 2013.

Asunción, de uu* be de 2017.-

VISTO: La presentación realizada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS), a través de la cual propone la fijación de nuevas disposiciones con respecto a la inscripción obrero patronal’ presentación de planillas, comunicaciones y transmisión de datos y documentos electrónicos ante la Autoridad Administrativa del Trabajo; así como la regularización del proceso de Inscripción Obrero Patronal y presentación de Planillas Laborales; y la abrogación Decreto N° 580 de fecha 21 de octubre de 2008 y el Decreto N° 919 de fecha 12 de diciembre de 2013; y

CONSIDERANDO: Que el Articulo 238 numeral 5) de la Constitución, faculta a quien ejerce la Presidencia de la República a dictar decretos, los cuales deben ser refrendados por el Ministro del ramo.

Que según lo dispuesto en el Artículo 4º de la Ley N° 5115/2013 «Que crea el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social», Numerales 1, 3, 4 y 8, corresponde a la esfera de competencia de dicha Cartera de Estado ejercer la regulación administrativa y de contralor de lo relacionado con el trabajo; promover reformas de la legislación y elaborar proyectos, leyes y decretos; Elaborar, ejecutar y fiscalizar las normas generales y...

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