Decreto No 1333. Se incorpora al ordenamiento juridico nacional la resolucion del grupo Mercado Comun del Mercosur No 35/10, Reglamento tecnico Mercosur sobre limites maximos para aditivos excluidos de la lista de aditivos alimentarios autorizados para ser utilizados segun las buenas practicas de fabricacion.-

VISTO: La presentación realizada por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, mediante la cual se solicita la incorporación al ordenamiento jurídico nacional de la Resolución del Grupo Mercado Común MERCOSUR Nº 35/10;

La Constitución Nacional de la República del Paraguay;

El «Tratado de Asunción para la Constitución de un Mercado Común», suscripto entre los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay; aprobado por Ley Nº 9/1991, con instrumento de ratificación depositado el 6 de agosto de 1991;

El «Protocolo Adicional al Tratado de Asunción sobre la Estructura Institucional del MERCOSUR - Protocolo de Ouro Preto», suscripto entre los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay; aprobado por Ley Nº 596/1995, con instrumento de ratificación depositado el 12 de setiembre de 1995;

La Ley Nº 836/1980, «Código Sanitario»;

La Ley Nº 1032/1996, «Que crea el Sistema Nacional de Salud»;

La Ley Nº 1119/1997, «De Productos para la Salud y otros»;

El Decreto Nº 21.376/1998, «Por el cual se establece la nueva organización funcional del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social»;

El Decreto Nº 4600/2010, «Por el cual se reglamentan las formas mediante las cuales el Poder Ejecutivo, los Ministerios del mismo y las Secretarías de la Presidencia de la República ejercen sus competencias y atribuciones»;

El Decreto Nº 17.057/1997, «Por el cual se dispone la vigencia en la República del Paraguay de las Resoluciones adoptadas por el Grupo Mercado Común del...

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