Proyecto de Ley "que Modifica la Ley N° 1626/2000, de la Función Pública", Presentado por los Senadores Enzo Cardozo, Blas Llano y José Abel Guastella. (Permiso Especial - Becas)

Año2013
Número de expedienteS-136154
Fecha de recepción30 Mayo 2013
Autor de la iniciativa1. Sen. Enzo CARDOZO JIMÉNEZ - P.L.R.A 2. Sen. José Abel GUASTELLA CAPELLO - P.UNACE 3. Sen. Blás Antonio LLANO RAMOS - P.L.R.A




CONGRESO NACIONAL




Asunción, 30 de mayo de 2013





Su Excelencia:

Tengo el honor de dirigirme al Señor Presidente y por su digno intermedio, a los demás miembros de este Alto Cuerpo Legislativo, con el objeto de presentar el proyecto de Ley “QUE MODIFICA LA LEY N° 1626/2000 DE LA FUNCIÓN PÚBLICA”.



Esperando el apoyo de los colegas parlamentarios para la aprobación del mencionado proyecto de Ley, aprovecho la ocasión para saludare a Vuestra Honorabilidad muy atentamente.


BLAS LLANO JOSÉ ABEL GUASTELLA

SENADOR DE LA NACIÓN SENADOR DE LA NACIÓN




ABOG. ENZO CARDOZO JIMÉNEZ

SENADOR DE LA NACIÓN









A SU EXCELENCIA

SENADOR DE LA NACIÓN ALFREDO JAEGGLI, PRESIDENTE

HONORABLE CÁMARA DE SENADORES Y DEL CONGRESO NACIONAL

E. S. D.



EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Visto: El Artículo 102 de la Constitución Nacional que establece que los funcionarios y empleados públicos gozan de los derechos establecidos en esta constitución en la sección de derechos laborales, en un régimen uniforme para las distintas carreras dentro de los límites establecidos por la ley y con resguardo de los derechos adquiridos.

Considerando: Que resulta necesario impulsar la formación de recursos humanos especializados y calificados como factor trascendente del proceso de desarrollo agrario y rural sostenible de nuestro país.

El funcionario público al usufructuar una beca de especialización y capacitación pone en peligro su estabilidad laboral, pues el permiso será sin goce de sueldo, situación ésta que resulta en un grave daño sectorial que disminuye las posibilidades del estado en conducir la modernización tecnológica de la producción afectando su competitividad.

Que la Carta iberoamericana de la Función Pública aprobada en Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, el 26 y 27 de junio de 2003, y respaldada por la XIII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estados y de Gobiernos en Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, el 14 y 15 de noviembre del mismo año, en su capítulo cuarto, epígrafes 37 y 40 expresan:

37 – Los Sistemas de Función Pública deben incorporar mecanismos que favorezcan y estimulen el crecimiento de las competencias de los empleados públicos, mantengan alto su valor de contribución y satisfagan en lo posible sus expectativas de progreso profesional, armonizando éstas con las necesidades de la organización.

40 – Los empleados públicos deberán recibir la capacitación adecuada para complementar su formación inicial de acceso, para adaptarse a la evolución de las tareas, para hacer frente a déficit de rendimiento, para apoyar su crecimiento profesional y para afrontar los cambios organizativos.

Que asimismo la Carta Iberoamericana de Calidad en la Gestión Pública, carta de compromiso firmada por nuestro país, fu aprobada en San Salvador, El Salvador el 26 y 27 de junio de 2008 y adoptada por XVII Cumbre de Iberoamérica de Jefes de Estado y de Gobiernos en San Salvador, El Salvador el 29 al 31 de octubre de 2008, en su Capitulo Cuarto, numeral 32 Desarrollo de...

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